La crisis económica sigue pasando factura al sector inmobiliario que, lejos de levantar cabeza, empieza ahora a cebarse con el mercado de los alquileres. «Hemos pasado de juzgar casos de auténticos profesionales del impago a iniciar procedimientos contra los inquilinos que no pagan sus cuotas porque se han quedado sin trabajo y casi sin recursos financieros. Son un perfil de personas con disposición de pagar, pero que no pueden».
Así explica Mario Navarro-Rubio, secretario general de la Corte de Arbitraje, organismo encargado de mediar entre propietarios e inquilinos en caso de conflicto, el incremento de la morosidad en los alquileres de las viviendas.
En concreto, los impagos registrados hasta mayo en Córdoba triplican ya a los de 2009. O lo que es lo mismo, en los cinco primeros meses del año se han producido en la provincia 49 sentencias arbitrales por impago, exactamente la mitad de sentencias que las registradas a lo largo del pasado año, donde se contabilizaron 98 casos.
Aunque el número de morosos se haya triplicado, Navarro-Rubio señala que «el arbitraje sigue siendo una fórmula muy disuasoria». De hecho, sólo el 7% de los contratos de alquiler que se someten a la Corte de Arbitraje acaban en los juzgados. «El inquilino se lo piensa dos veces antes de faltar a sus obligaciones», recalca el secretario general del citado organismo.
Los propietarios que deciden «blindar» sus viviendas contra los inquilinos morosos optan por adjuntar en sus contratos de arrendamiento el impreso de Garantía de Alquiler, un documento por el que ambas partes se someten al arbitraje. A través de este documento la Corte de Arbitraje resuelve en un plazo máximo de 30 días cualquier conflicto que pueda derivarse mediante una sentencia que es firme, no recurrible, y de obligado cumplimiento.
Fuentes del citado organismo indican que, cuando se produce la sentencia arbitral, la inmensa mayoría de inquilinos morosos opta por dejar la vivienda e irse a otra más barata y llegar a un acuerdo con el propietario. Además, el inquilino que ha optado por recurrir al arbitraje firmando la Garantía de Alquiler sabe que tiene que acatar obligatoriamente la sentencia tiene que acatarla obligatoriamente y que cuenta con poco margen de tiempo, ya que el conflicto se resuelve en el plazo de un mes.
De este modo, el propietario del inmueble evita largos procesos judiciales y cuantiosas pérdidas económicas ya que, en caso de impago, tan sólo perdería el mes de alquiler impagado y por el que se inició el arbitraje y el mes de plazo máximo fijado por la corte para dictar sentencia.
Agencias antimorosos
Andalucía se encuentra entre las primeras comunidades autónomas en sentencias arbitrales por conflictos de impago. Durante 2009, la Corte de Arbritraje dictó 2.372 laudos (sentencias arbitrales) en toda la región. En el año en curso se llevan dictadas 1.146, lo que supone casi el 50% de todas las registradas durante el pasado año, lo cual confirma la escalada de morosidad en los alquileres.
Por provincias, Sevilla lidera el ranking de impagos con 690 casos registrados en 2009, seguida por Málaga (601), Cádiz (322), Granada (236), Córdoba y Almería, con 98 sentencias cada una, Jaén (68) y Huelva con 39.
Actualmente existen en la comunidad andaluza casi un millar de inmobiliarias y profesionales del sector homologados por la Corte de Arbitraje, es decir, que formalizan los contratos de arrendamiento a través de la Garantía de Alquiler para someter a ambas partes a la mediación de la corte y a acatar la sentencia dictada en caso de conflicto.
Aún así, la gran mayoría de particulares sigue desconociendo este tipo de iniciativas y recelan de dichas medidas, según fuentes del sector. En la actualidad, en Andalucía son más de 7.600 los contratos de alquiler blindados contra morosos realizados en 2009 y en lo que llevamos de año, de los que 7.913 pertenecen a Córdoba.





