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Un nuevo fallo del TSJA paraliza la reordenación del sector público

Anula la integración de trabajadores de empresas públicas en las agencias

Un nuevo fallo del TSJA paraliza la reordenación del sector público Miguel ÁNGEL

j. morillo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictado una nueva sentencia que supone un serio varapalo para la reordenación del sector público que ha planteado la Junta mediante el denominado decreto del «enchufismo», que intenta hacer fija a la administración paralela de fundaciones y empresas públicas . De hecho, el fallo, dictado contra la integración de personal en la nueva agencia del Servicio Andaluz de Empleo (SAE) y ante el que no cabe recurso, supone en la práctica la paralización de toda esta reordenación .

La razón es que el alto tribunal, al suspender cautelarmente el protocolo de integración en esa agencia, establece una jurisprudencia que pueden aplicar los jueces en el resto de impugnaciones planteadas por los funcionarios a las nuevas agencias, paralizando en la práctica esa reordenación hasta que los tribunales resuelvan definitivamente sobre la legalidad o no de esa Ley de la Junta.

«A día de hoy la Junta no puede seguir por ese camino de integración de ese personal proveniente de las empresas públicas en las nuevas agencias», aseguró ayer el abogado Mariano Aguayo , que ha dirigido el recurso interpuesto por dos asociaciones de funcionarios: Al-Andalus de Empleados Públicos de la Junta de Andalucía y Defiendo mi Derecho. En concreto el alto tribunal suspende cautelarmente la integración del personal procedente de la Fundación Pública Andaluza Fondo de Formación y Empleo (Faffe) y de las Utdlt , en total más de 1.500 trabajadores sobre los que siempre ha sobrevolado la sospecha de estar enchufados, en opinión de los funcionarios.

Esta sentencia se suma, además, a otra dictada por el TSJA el pasado 2 de noviembre , en el que fallaba contra el decreto de la Junta para integrar el personal procedente del extinto Instituto Andaluz de las Artes y las Letras en la nueva Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. El alto tribunal consideraba entonces que la Ley del «enchufismo» suponía un «desprecio al Estado de Derecho».

Treintena de recursos

La Junta, ante este fallo, apeló esta decisión al Supremo , que deberá de resolver en última instancia, al igual que, con toda probabilidad, del resto de recursos de los funcionarios, si es que la Junta insiste en recurrirlos ante ese tribunal. En total, los funcionarios han presentado una treintena , sobre los que irán pronunciándose los tribunales en los próximos meses.

Respecto al nuevo fallo, desde la Junta se trató ayer de restarle importancia. La Consejería de Hacienda y Administración Pública, en un comunicado, señaló que los servicios jurídicos de la Junta están estudiando el contenido de la sentencia , aunque precisó que el Estatuto de los Trabajadores «obliga a la nueva Agencia del SAE a subrogarse en los derechos y obligaciones derivados de los contratos de trabajo del personal procedente de Faffe y de las Utdlt», ambas extintas.

Esto en la práctica significa que estos trabajadores seguirán trabajando en el SAE, aunque sin hacer labores de funcionarios y que la Junta no dará marcha atrás en su intención de integrarlos en la agencia.

Esto último es lo que establece la sentencia del TSJA dictada el pasado 2 de noviembre y hecha pública ayer. El recurso de los funcionarios alertaba sobre que los empleados de la Faffe y la Utdlt estaban «ejerciendo funciones reservadas a los empleados públicos» sin haber superado concursos u oposiciones regidos por los principios de «igualdad, mérito y capacidad».

El TSJA hace referencia en el fallo al que dictó anteriormente contra la integración del personal de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, al señalar que supone «más que una huida del derecho administrativo, un desprecio al Estado de Derecho» y añadir que «idéntico supuesto se produce en el protocolo de integración de los trabajadores» de la Faffe y la Utdlt.

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