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El Supremo avala que las bicicletas circulen por zonas peatonales

La resolución del Supremo se produce tras el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Sevilla

El Supremo avala que las bicicletas circulen por zonas peatonales ABC

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El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que vuelve a declarar por segunda vez conforme a derecho la Ordenanza de Circulación de Peatones y Ciclistas de Sevilla, aprobada en 2007 y que permite a las bicicletas circular por zonas peatonales y acercas.

La resolución del Supremo, a la que ha tenido acceso Efe, se produce tras el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Sevilla después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) anulara en 2008 cuatro artículos y parte del anexo de la ordenanza municipal tras las quejas de empresas particulares.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo emitió una sentencia similar a la conocida ahora en noviembre de 2010.

El TSJA había anulado los artículos y la parte del anexo sobre "itinerarios ciclistas señalizados en zonas peatonales" que permiten a los ciclistas, "respetando en todo caso la prioridad" del peatón , circular por zonas peatonales y "zonas de tránsito compartido" entre éstos y las bicis; circular excepcionalmente en sentido contrario; y que puedan amarrarlas a árboles o elementos del mobiliario urbano.

En este último caso, la ordenanza municipal de Sevilla lo permite cuando no haya aparcamientos específicos para bicicletas en un radio de 50 metros o estén todas las plazas ocupadas, y "siempre que con ello no se perjudique la salud del árbol, no se impida su perfecta visibilidad" ni se "entorpezca el tránsito de vehículos o peatones".

El Supremo añade que "aunque (la zona peatonal) pueda quedar un poco reducida, en modo alguno significa que se deba compartir el paso de los peatones y el de los ciclistas, ya que para ello se establece en los artículos anulados una zona específica para el carril-bici, que, por ello, necesariamente deja de ser peatonal".

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