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Un bar deberá retirar sus veladores y pagar casi 16.000 euros por ruidos

El local excedía los seis veladores autorizados y los clientes ocupaban la acera «incluso sin mobiliario»

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Un bar de Sevilla ha sido condenado a retirar todos sus veladores de la calle, pese a contar con licencia municipal , y a indemnizar en 15.762 euros a los vecinos colindantes por las molestias, olores y ruidos que han sufrido desde 2005.

Una sentencia del juzgado de primera instancia 4, a la que ha tenido acceso Efe, considera demostrado que el bar, situado en la barriada de Sevilla Este , ha sido objeto de numerosas denuncias de los vecinos por los ruidos de sus clientes, olores a marisco, el aparcamiento de coches en doble fila y las molestias al recoger el negocio, que a veces incumplía el cierre a la 1 de la madrugada.

Los vecinos declararon en el juicio que en la acera podían concentrarse "hasta cuarenta o cincuenta personas", y otros testimonios de peritos y mediante fotografías demostraron que, pese a que el Ayuntamiento no impuso ninguna sanción, el bar excedía los seis veladores autorizados y los clientes ocupaban la acera "incluso sin mobiliario", según el fallo.

Los vecinos, defendidos por la asociación Juristas contra el Ruido, serán indemnizados en 9.000 euros en el caso de la Comunidad de Propietarios y en 6.762 euros en el caso del ocupante del primer piso .

Recoge la sentencia que un perito certificó "de forma tajante y terminante" que los niveles de ruido en el dormitorio del primer piso "superaban en 14.7 decibelios el nivel máximo permitido", lo que significa "un 433 por ciento sobre el límite".

Un perito demostró que el ruido alcanzaba de noche los 65 decibelios

El ruido alcanzaba de noche los 65 decibelios, que son "intolerables e incompatibles con el uso normal de una vivienda", añade la sentencia.

Además de las personas que usaban los veladores, otras consumían de pie y creaban con ello "importantes molestias objetivas" a los vecinos, más aún teniendo en cuenta que ello sucedía en horario nocturno y perturbando su derecho al descanso.

Explica el juez que aunque el Ayuntamiento de Sevilla no impuso ninguna sanción al bar por incumplir el cierre a la 1 de la madrugada, los testimonios prestados "permiten concluir que ese horario era rebasado a veces " y que las labores de recogida del local se extendían hasta las 2 ó 2.30 horas.

Los demandantes pidieron además el cese definitivo de la actividad del bar y la resolución del contrato de arrendamiento, pero el juez entiende que se trata de una medida "excesiva" por "drástica y perjudicial" en la "acuciante crisis económica actual, lo que posiblemente supone privar al titular de la actividad de su medio de vida y sustento económico".

Por ello, "atendiendo a la realidad social que nos ha tocado vivir", el veredicto solo impone al dueño del bar la obligación de retirar "de inmediato" todos los veladores y cualquier otro mobiliario que permita consumir productos en el exterior.

La indemnización, por su parte, tiene por objeto compensar a los denunciantes por "el largo tiempo que llevan soportando las molestias, el número de afectados y la pasividad demostrada por el titular del negocio para detener o paliar las inmisiones acústicas", en un pago compartido con la dueña del local porque conocía las quejas que le transmitieron los afectados.

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