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ley de participación ciudadana

¿Cuántas firmas harán falta para celebrar una consulta popular en Andalucía?

La Junta pretende que con un mínimo de 40.000 firmas se pueda solicitar la convocatoria de una consulta

¿Cuántas firmas harán falta para celebrar una consulta popular en Andalucía? efe

j. m.

El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó este pasado martes el anteproyecto de Ley de Participación Ciudadana, que permitirá, una vez se apruebe la norma, la celebración de «consultas participativas» cuando entre en vigor, sin necesidad de que las autorice el Ejecutivo central. Estas consultas las podrán convocar ayuntamientos y la propia Junta, pero también las podrán reclamar los ciudadanos.

Las consultas, según el anteproyecto, deben ser sobre temas concretos de interés público de competencia autonómica, como por ejemplo privatizar la gestión de un hospital, o local, quedando fuera todos los asuntos que vayan en contra de la Constitución. Las de ámbito autonómico, las convocará la Presidencia de la Junta o el 10% de los ayuntamientos de la comunidad, por acuerdos adoptados en pleno por mayoría absoluta, con presencia de todas las provincias y que representen una población mínima de 500.000 habitantes.

También las podrá solicitar una iniciativa ciudadana, para lo cual deberá presentar 40.000 firmas y autorizarla la Presidencia de la Junta. En el caso de las consultas locales, la proporción de firmas varía en función del tamaño del municipio. Las consultas no se regirán por el censo electoral, sino por los padrones municipales, y podrán votar los mayores de 16 años, incluidos aquellos inmigrantes que estén empadronados en la región.

En teoría con esta nueva norma, la Junta da pasos, como le reclaman muchos colectivos, en favor de la democracia directa, tras poner en marcha otras como el «escaño 110». Esta última iniciativa, propuesta por el expresidente de la Junta José Antonio Griñán en 2011, pretendía también aumentar la participación directa de los ciudadanos. Hace un mes llegó la primera iniciativa sobre la reforma de la Ley electoral, que defendió UPyD, y PSOE y PP rechazaron tomarla en consideración.

La nueva norma de la Junta sobre consultas no será vinculante, esto es, no es un referéndum, que son competencia exclusiva del Estado, por lo que nada garantiza que sean asumidas después por la Junta o los ayuntamientos, aunque, como aclaró Valderas, están obligados por la nueva norma a explicar por qué no la aceptan. Hay que recordar, en ese sentido, que los ayuntamientos andaluces pueden convocar contultas desde 2001, que debe autorizar el Gobierno y por tanto vinculantes, y que desde entonces solo dos de los 772 municipios han planteado consultas populares, el sevillano de Montellano y el granadino de Almuñécar, lo que da una idea de su escaso interés en la iniciativa.

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