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Nuevas normas para la recogida de setas y trufas en Andalucía

La recolección esporádica en pequeñas cantidades en lugares y fechas tradicionales no necesitará una autorización expresa

Nuevas normas para la recogida de setas y trufas en Andalucía J. Vicente

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La recogida de setas y trufas que no están incluidas en el Listado Andaluz de Especies Silvestres en régimen de Protección Especial ni en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas será regulada próximamente por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

La medida pretende preservar la sostenibilidad del monte mediterráneo, «favoreciendo el empleo verde de calidad y garantizando el uso racional de los recursos naturales en el medio rural», según ha informado hoy la Consejería de Medio Ambiente.

La normativa que está elaborando la Junta especifica, entre otros aspectos, los métodos que se deben utilizar para la recolección de setas y trufas, las autorizaciones pertinentes, las obligaciones y derechos de los titulares o el establecimiento de cotos micológicos.

Así, para que las setas completen su ciclo biológico y se garantice la sosteniblidad de su aprovechamiento, la norma establecerá que la recolección se realice cuando estén maduras y de forma manual, sin remover la capa superficial del suelo con rastrillos u otras herramientas.

El único instrumento permitido será la navaja y en el caso de los hongos semihipogeos el denominado pincho gurumelo.

Para la localización y recogida de las trufas se podrán utilizar perros adiestrados u otros sistemas de detección visual en superficie.

La recolección esporádica en pequeñas cantidades de las setas y trufas silvestres no sometidas a un régimen especial de protección y en lugares y fechas tradicionales, no necesitará una autorización expresa de la Administración, siempre que no entrañe riesgos de desaparición local de las especies recolectadas.

En las zonas en las que exista un aprovechamiento micológico autorizado, la recolecta se deberá realizar con el consentimiento del titular del aprovechamiento.

El límite máximo permitido para que pueda ser considerada como pequeña cantidad es de 3 kilogramos por persona y día y si esa cantidad se excede, o se piensa comercializar el producto, el recolector deberá contar con una autorización de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Por último, la nueva norma recogerá la posibilidad de establecer los cotos micológicos, una superficie forestal continua y señalizada de titularidad pública que lleva inherente la reserva del derecho de recogida de las setas y trufas existentes.

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