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Caso ERE

El Tribunal Supremo remite a la juez Alaya la pericial de Griñán por el caso ERE

El alto tribunal avala que la juez pueda realizar la ratificación de periciales pese a la oposición de la defensa del expresidente andaluz

El Tribunal Supremo remite a la juez Alaya la pericial de Griñán por el caso ERE Millán HErce

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El magistrado del Tribunal Supremo Alberto Jorge Barreiro , quien instruye la causa por los presuntos ERE irregulares contra cinco aforados, ha remitido a la juez Mercedes Alaya testimonio de la pericial de parte presentada por éste último y le ha contestado que corresponde a la magistrada de Sevilla decidir contra autonomía si emplaza a los peritos de parte y de la IGAE para ratificar sus informes sobre el caso.

El alto tribunal responde así al escrito que le presentó el pasado día 12 la defensa de uno de los investigados, el expresidente de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán , pidiendo a Jorge Barreiro que instara a la juez Alaya a abstenerse de realizar la diligencia de ratificación de los dos informes periciales que obran en la causa.

Se trata del realizado por los peritos de la IGAE y el presentado por Griñán y que firman los catedráticos Juan Zornoza y Miguel Ángel Martínez Lago poniéndose a las tesis de los primeros de considerar delictivas las denominadas «transferencias de financiación».

«Auxilio judicial»

La decisión de remitir a la juez de Sevilla el informe de parte, a lo que se oponía Griñán en su escrito, se adopta por « razones obvias de auxilio judicial », según una providencia dictada por el instructor de la causa, del mismo modo en que la Sala de admisión de este caso en el Supremo ya dijera en su día que Alaya debía remitirle lo que fuera haciendo que tuviera relación con los aforados.

En su escrito, Griñán -quien es investigado junto con el también aforado expresidente Manuel Chaves y tres consejeros del gobierno autonómico- pedía expresamente al magistrado Jorge Barreiro que ordenase a Alaya abstenerse de realizar la ratificación de los informes del IGAE, puesto que de hacerlo en el Juzgado de Sevilla, donde él no es parte, se le causaría indefensión.

El abogado de Griñán, José María Mohedano , defendía en su escrito que dicha ratificación e debía hacer en todo caso en el Supremo y cuando lo decidiera el magistrado instructor del alto tribunal.

Que recurra en Sevilla

Respecto a este punto, la providencia dictada hoy especifica que es a Alaya a la que corresponde decidir «con autonomía la fecha extensión y condiciones procesales en las que practicar esta diligencias» sin perjuicio de que las partes puedan interponer recursos ante el órgano competente que es la Audiencia de Sevilla.

Insiste el magistrado del Supremo que tanto Alaya como el él han de realizar con competencia autónoma las instrucciones que le han sido atribuidas, según las mismas fuentes.

La magistrada había solicitado el informe de parte en el marco de la ratificación ante su Juzgado del estudio judicial encargado a la IGAE, de forma -dice el escrito- que «no es descartable que pretenda preguntar a estos peritos sobre su contenido».

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