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CASO ERE

El TSJA abre diligencias contra los cuatro exconsejeros aforados: Aguayo, Ávila, Recio y Vallejo

El Alto Tribunal estima que todos ellos participaron en la creación, financiación y aplicación del sistema de los ERE

El TSJA abre diligencias contra los cuatro exconsejeros aforados: Aguayo, Ávila, Recio y Vallejo abc

Mercedes Benítez

La sala civil y penal del TSJA s e ha declarado competente para la investigación de los cuatro exconsejeros de la Junta, Antonio Ávila, Carmen Martínez Aguayo, Manuel Recio y Francisco Vallejo y ha acordado la apertura de diligencias e incluso ha nombrado como instructor al juez Miguel Pascuau, el único de la plantilla de dicha sala.

El TSJA se pronuncia así después de que el fiscal superior le haya pedido hoy mismo que devolviera la causa a la juez Mercedes Alaya por economía procesal ya que los cuatro aforados van a perder esta condición el próximo mes de abril cuando se constituya el nuevo Parlamento. Sin embargo el TSJA asegura que debe declararse «provisionalmente competente» porque los cuatro aforados no pueden verse privados de solicitar la práctica de cualquier diligencia, algo que no pueden hacer ante el juzgado de instrucción número 6 ya que de momento Mercedes Alaya carece de esa competencia.

En cualquier caso el TSJA reconoce que la juez Alaya debe continuar con la instrucción «una vez pierdan su condición de aforados las personas señaladas en la exposición razonada». Además la sala asegura que por el momento no extenderá su competencia a otros imputados que no son aforados a los que se refirió la juez en su exposición razonada por lo  que deja claro que la juez Alaya debe seguir con el resto de la causa.  

Pero el TSJA aunque no entra en el fondo de la cuestión, también afirma que no es «infundada» atribución de posible responsabilidad penal por delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos a los cuatro aforados. Y todo porque, según el TSJA, en el ámbito de sus funciones publicas “participaron en un nivel u otro en la toma de decisiones sobre la creación, financiación, mantenimiento y aplicación de un sistema de concesión de ayudas sociolaborales , ayudas a empresas y excesivas comisiones a intermediarios que, por carecer de los controles típicos de los procedimientos de subvención pública, indiciariamente han supuesto un indebido beneficio económico para algunos particulares y empresas.

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