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CRECIDA DEL GUADALQUIVIR

La Junta se enfrenta a demandas de cinco millones por la riada de 2010

La Audiencia dice que estar en zona inundable permite reclamar indemnizaciones

La Junta se enfrenta a demandas de cinco millones por la riada de 2010 abc

RAFAEL RUIZ

La Junta de Andalucía se enfrenta a recursos o demandas por valor de cinco millones de euros solamente por parte de los 28 agricultores que ya han iniciado actuaciones reclamando que se le abonen los gastos de la riada de finales de 2010. Y en el primer paquete de sentencias, como adelantó ayer este periódico, la Audencia Nacional ha estimado que existen razones suficientes para entender que la Agencia Andaluza del Agua no adoptó las determinaciones necesarias para, en primer lugar, tener los cauces preparados para un incremento del caudal y, en segundo, gestionó de forma incorrecta el proceso de desembalses, lo que agravó los daños de unas lluvias que no fueron, dicen los fallos, «ni torrenciales, ni excepcionales, ni extraordinarias».

Los cinco millones de euros son una cantidad, de partida, bastante alta teniendo en cuenta que se refieren solamente a los propietarios coordinados por Asaja en la zona de la capital. Por comparación, el Estado abonó menos de millón y medio de euros por la totalidad del operativo montado en la riada en la ciudad de Córdoba, el mayor que se destina a una situación de emergencia.

De la lectura de las sentencias emitidas hasta el momento, de diversa cuantía, se deducen dos cuestiones. Por un lado, llegar a cobrar depende más del agricultor y de sus abogados que del tribunal. Los fallos, prácticamente copiados unos a otros, solo rechazan las demandas de los propietarios cuando existen dudas razonables en la acreditación de los daños realizados. Las argumentaciones de la Audiencia Nacional dan por sentado que la gestión de la Administración autonómica agravó el efecto de las lluvias mediante un desembalse masivo, y no preventivo por razones de seguridad, que anegó un cauce del Guadalquivir que había sufrido un estrechamiento como consecuencia de la falta de mantenimiento.

Una de las claves de las sentencias es que establecen de forma definida que tener una propiedad en zona inundable no implica de forma automática no tener derecho a una indemnización si se produce un supuesto de responsabilidad patrimonial por parte de la Administración. En este caso concreto, la Junta de Andalucía alegó que los propietarios de zonas inundables conocen los riesgos de tener fincas agrícolas junto al cauce del Guadalquivir y que, de hecho, no se le puede pedir dinero a la comunidad autónoma por una subida natural de las aguas.

En el caso concreto de la riada de diciembre de 2010, la Audiencia Nacional entiende que, en tanto decisiones oficiales contribuyeron a agravar los efectos de las inundaciones, la responsabilidad patrimonial de la Administración rige en su totalidad. Una de las cuestiones a tener en cuenta es que ninguno de los recurrentes actuales ante la Audiencia Nacional son propietarios de viviendas, como las parcelaciones del aeropuerto. Todos son empresarios agrícolas coordinados por Asaja y la explotación de las tierras inundables es perfectamente legal según la legislación sectorial en esta materia.

La Junta de Andalucía emitió ayer un escuetísimo comunicado sobre este asunto. La Consejería de Medio Ambiente, cuya titular es la cordobesa María Jesús Serrano, aseguró que estudia la sentencia y que la valorará cuando tenga una opinión formada. En realidad, los servicios jurídicos autonómicos llevan varios meses recibiendo pronunciamientos legales de estas características que no tienen la posibilidad de un recurso de casación -ante el Tribunal Supremo- de carácter ordinario, lo cual dificulta soberanamente mantener el pleito vivo.

La Administración autonómica tomó las riendas de las políticas sobre la cuenta del Guadalquivir en 2008 como consecuencia de la aprobación del Estatuto de Autonomía, que consideraba que eran unos poderes propios del gobierno regional. El Tribunal Constitucional decidió anularlo todo, cuando ya se había generado el traspaso de recursos, poderes y funcionarios, ya que la cuenca del Guadalquivir afecta -muy parcialmente- al territorio de las comunidades autónomas de Extremadura y Castilla-La Mancha. La legislación estatal dice que las autonomías solo pueden ser responsables de las cuencas que discurran en su integridad por su territorio. Actualmente, las políticas sobre el Guadalquivir se encuentran de nuevo en la Confederación Hidrográfica, que depende del Ministerio de Medio Ambiente.

Uno de los reproches más severos establecidos desde la Audiencia Nacional a la Junta de Andalucía es que, de forma particular, no estableció cautelas básicos en lugares donde los propios documentos oficiales creen que existe un peligro especial de desbordamiento. Se trata, en concreto, de las orillas ubicadas aguas abajo del término municipal de Villafranca de Córdoba. El fallo queda acreditado que esa zona no tuvo cuidados específicicos que podían haber paliado las riadas de diciembre de 2010 que, asegura el fallo, no se produjeron por un régimen extremo de precipitaciones.

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