14 procesos frente a 9
Los desahucios por no pagar el alquiler superan a los instados por la banca
La Secretaría Judicial de Servicios Comunes de Córdoba confirma la bajada de los casos de pisos en propiedad
«La tendencia en los lanzamientos es a la baja en cuanto a procesos hipotecarios desde hace dos años, y un aumento, o al menos, estancamiento de las cifras de señalamientos verbales de desahucio en los Juzgados de Primera Instancia de Córdoba». Así lo explicó ayer a este periódico el secretario judicial de Servicios Comunes de Córdoba , José Antonio Guerra Moral , quien tiene tomado el pulso a estos casos en Córdoba.
En estos momentos, hasta el 30 septiembre hay señalados 9 procedimientos hipotecarios en Córdoba , pero los casos de desahucio por impago de alquiler llegan a 14 . Asimismo, hay 24 verbales de desahucio con reserva de día de lanzamiento que pueden que lleguen al lanzamiento o no sea necesario porque ya el inquilino se haya marchado o no pensara comparecer ante el juzgado.
Aquí se demuestra que los procedimientos hipotecarios en los que el banco insta el lanzamiento están descendiendo ; en cambio, sí se están manteniendo e incluso aumentan los lanzamientos por impago de alquiler, matiza este responsable judicial en materia de lanzamientos.
« Cada caso se estudia con detenimiento , y los secretarios judiciales somos sensibles , sobre todo, en el caso como los que sea primera vivienda o haya menores, como marca el artículo 704, por el que se le da un mes de plazo a los inquilinos para que abandonen la vivienda», analizó este responsables de Servicios Comunes.
Guerra Moral explicó que «puede haber una sentencia o no porque si una vez que se cita para juicio si la otra parte no se opone ni paga ni comparece entonces se procede directamente al lanzamiento , que son la mayoría de los casos, en la fecha fijada al admitir la demanda».
De esta forma, se despacha ejecución y se puede adelantar al lanzamiento , en falta de pago de renta, que son los que hay ahora más. Por eso, desde Servicios Comunes, al admitir la demanda se tiene en cuenta la fecha del juicio y se marca en un mes y medio. Si un juzgado tarda tres meses en señalarlo, pues se le añade un mes y medio en este paso.
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