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SUCESOS

El Supremo confirma los 18 años de pena para el preso peligroso que mató a otro en la cárcel de Córdoba

Aunque la agresión no se grabó (al ser en los aseos), considera probados que los hechos sólo pudo cometerlos el acusado

Imagen de la prisión de Alcolea (Córdoba) ARCHIVO

ABC

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena a dieciocho años y seis meses de prisión por un delito de asesinato , con la agravante de reincidencia, a un preso peligroso que mató a otro en el cuarto de aseo de la sala de musculación del módulo de aislamiento de la prisión de Córdoba, donde se encontraban ellos dos solo.

La Sala considera que, aunque nadie pudo observar lo que ocurrió en el lavabo, donde no había cámaras, hay prueba válida de contenido indirecto o circunstancial de que los hechos sólo pudo cometerlos el acusado , quien entró en el aseo a la vez con la víctima.

La sentencia indica que el hecho constatado es que salió primero el acusado y que al entrar los funcionarios, alarmados por la situación, descubrieron el cuerpo prácticamente sin vida del otro preso, que les dijo que le habían pateado, «y aunque no se refirió en el concreto al acusado, nadie más que él pudo hacerlo, puesto que nadie más que el acusado entró en el aseo a la vez que la víctima ». Asimismo, añade que, por si fuera poco, el acusado dijo a los funcionarios que hubiera matado al otro interno si hubiera querido («no lo he matado porque no he querido»).

El tribunal afirma que en este caso la prueba quedó constituida por las declaraciones de los funcionarios de prisiones y que han sido corroboradas por la grabación de la cámara de seguridad, que fue visionada en el juicio, y cuya fecha corresponde a aquel día.

Además, añade las declaraciones de los médicos que practicaron la autopsia a la víctima y que subrayaron que los golpes que recibió procedían de patadas propinadas por una huella de calzado que coincidían con las zapatillas que llevaba el acusado , que había atribuido la agresión a los funcionarios.

La Sala Segunda rechaza también el motivo del recurso de casación en que se alega que no está acreditada la alevosía. «En este caso es patente: el ataque se consumó por detrás y de forma absolutamente desprevenida para la víctima », concluyen los magistrados.

El condenado , que estaba en prisión cumpliendo una pena de 22 años de prisión por un asesinato , y su víctima estaban internos en el módulo de aislamiento de dicho centro penitenciario, debido a su peligrosidad extrema . Sólo podían salir tres horas diarias al patio y realizar determinadas actividades, de forma que siempre estaban solos en las estancias del taller ocupacional o en la sala de musculación.

En esta sala había una cámara , controlada por un funcionario desde la garita del módulo, que no alcanzaba al cuarto de baño por razones de intimidad , donde ocurrieron los hechos el 11 de junio de 2014.

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