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Tribunales

El TS impone 23 años de cárcel al asesino de Mónica Carrión

El TSJA había aplicado una pena menor por la atenuante de llevar al hospital a su víctima

El TS impone 23 años de cárcel al asesino de Mónica Carrión abc

Luis Javier López

El asesino de la joven de 18 años de la localidad granadina de Otura que fue víctima de una brutal agresión de hasta 200 lesiones que le provocaron la muerte tendrá que cumplir una condena de cárcel mayor a la establecida por el TSJA (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía). Así lo ha decidido el Tribunal Supremo después de que acepte los recursos presentados por el padre de la joven y por la Junta de Andalucía que rechazaban la atenuante aplicada por el Alto Tribunal andaluz al convicto, Javier B. R., por entender que el hecho de llevar a la joven al hospital era motivo para reducir la pena tres años.

No lo entiende así el TS que considera una «aplicación indebida» de la medida paliativa de la condena del asesino por parte del Tribunal andaluz. De este modo al convicto se le aplica una nueva condena de 23 años, que es la pena que inicialmente se le impuso por la Audiencia Provincial de Granada tras atribuírsele un delito de asesinato con alevosía y ensañamiento, con la agravante de parentesco con la víctima.

Igualmente, el Supremo confirma el resto de la sentencia del TSJA en lo que se refiere a la indemnización de 198.000 euros que el asesino tiene que abonar a los padres de la víctima y a los que Javier B.R. no podrá acercarse durante un periodo de 30 años. También tiene que pagar otros 18.000 euros para cada uno de los tres hermanos de Mónica Carrión.

Sin voluntad «reparadors»

Desde la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se justifica la medida de retirar la mencionada atenuante aplicada en principio para el asesino de la joven que «la brutalidad que condujo el triste fallecimiento de la víctima se compadece mal con ese propósito de remedo del mal causado», en referencia al hecho de que el asesino decidiera llevar su cadáver a un centro hospitalario. «No existió la supuesta voluntad reparadora» por parte del actual convicto, sino que hubo «propósitos ajenos a la recuperación de una vida que el autor había extinguido tiempo atrás», estima la más alta instancia judicial de nuestro país.

Asimismo, se especifica que «la víctima se encontraba en un estado muy irreversible haciendo de todo auxilio una maniobra desde el principio ineficaz» después de que fuera golpeada por el asesino «aprovechando sus conocimientos en la práctica de técnicas de combate como el full contact y el kick boxing».

Completamente aturdida y «sin capacidad de reacción» por los golpes recibidos, el procesado le asestó a Mónica un fuerte golpe en el cuello que le ocasionó una hemorragia, con parada cardiaca y el consecuente fallecimiento de la joven la noche del 19 de julio de 2011.

 

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