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FISCALIDAD AGRARIA

La Agencia Tributaria reclama el IVA a diez mil agricultores andaluces

Son los que participaron en operaciones de compraventa de tierras o cesión de derechos de Pago Único. Hacienda les pide el pago del 21 por ciento de IVA

La Agencia Tributaria reclama el IVA a diez mil agricultores andaluces abc

ANTONIO AGUDO

La Agencia Tributaria ha comenzado a exigir el pago del 21% del IVA a miles de agricultores andaluces que habrían participado en la venta de fincas, arrendamientos con cesión de derechos de Pago Único. Son operaciones que en su día ya tributaron a través del impuesto de Transmisiones Patrimoniales y a las que ahora Hacienda quiere aplicar el 21% de IVA. Desde la Unión de Pequeños Agricultores ya se ha levantado la alarma y la negativa a los que consideran  «una sobreactuación» de Hacienda. Así que, para intentar frenar las pretensiones de la AEAT, han presentado una consulta vinculante contra esas reclamaciones. Lo han hecho en la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda ya que, según Agustín Rodríguez, secretario regional de UPA Andalucía «podríamos estar ante el cobro de un impuesto improcedente, por cuanto las obligaciones tributarias generadas en las cesiones de derechos de Pago Único incluidas en dichas operaciones ya están satisfechas con la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales».

La Agencia Tributaria lleva ya algunos meses remitiendo miles de expedientes a agricultores y ganaderos que han realizado compra-ventas y arrendamientos con derechos de Pago Único desde 2011 . En una primera fase, todos los afectados están recibiendo una comunicación en la que se les reclama documentación para comprobar la compra-venta o arrendamiento de derechos, para, posteriormente, poner en marcha un expediente de reclamación del IVA.  Desde UPA entienden que esa reclamación no está justificada, «porque el impuesto fue liquidado con la venta o el arrendamiento de la finca, toda vez que la tierra y los derechos de Pago Único, consideramos que forman parte del mismo negocio jurídico y, por lo tanto, han tributado por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que grava la prestación principal, tal y como establece la Ley del IVA. Algo que se ha venido haciendo así desde 2006, cuando entraron en vigor las ayudas de Pago Único».

Desde la organización agraria se mantiene la certeza de que los derechos de Pago Único constituyen «una prestación accesoria respecto de la prestación principal en que consiste la compra-venta o arrendamiento de tierras, tal y como recoge la Ley de Arrendamientos Rústicos, que fue reformada en 2005 a tal efecto. Si esos derechos se liquidaron en su momento a través del impuesto correspondiente, ahora no procede un pago adicional. No estamos conformes y entendemos que la Agencia Tributaria tiene un afán absolutamente recaudador» , y se preguntó, «si tuviera que pagarse el IVA en la cesión de derechos, ¿por qué no se empezó a reclamar en 2006, cuando entró en vigor el Pago Único, y se hace ahora, con carácter retroactivo desde 2011?».

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