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La sentencia a Del Nido, en siete claves

Con la entrada en prisión del expresidente del Sevilla FC se cierra el círculo del caso «Minutas» una década después de su inicio

La sentencia a Del Nido, en siete claves abc

Francisco Javier Flores

La entrada en la prisión Sevilla I del abogado José María del Nido pone fin a una década de caso «Minutas». Culmina así la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo en noviembre del pasado año, al menos en el aspecto penal, pues queda aún pendiente la recuperación patrimonial de Marbella. He aquí siete claves del fallo del Alto Tribunal, que ponen sobre la palestra el daño causado a la ciudad costasoleña.

La era Gil

Como indica la sentencia del Supremo, Jesús Gil y Gil fue nombrado alcalde de Marbella en 1999, revalidando así las mayorías absolutas logradas en las elecciones municipales de 1991 y 1995. En este tercer mandato la gestión municipal siguió las mismas pautas con anterioridad: «Una huida constante de los controles marcados por el derecho administrativo a base de la creación de más de treinta sociedades municipales». Aunque este «entramado societario» tenía los fondos del Ayuntamiento como única vía de financiación, estaba constituido como «un holding privado del alcalde». Prueba de ello es que se dirigía desde una de sus propiedades: el «Club Financiero Inmobiliario».

Del Nido y Muñoz se hacen con el poder

Julián Muñoz fue nombrado en 1999 primer teniente de alcalde y tras entrar Gil en prisión, se hizo con las riendas de la Alcaldía. Por su parte, Del Nido desembarcó en Marbella para sustituir al abogado de confianza de aquél, José Luis Sierra Sánchez, que había ingresado también en la cárcel por el caso «Camisetas». A partir de ahí se creó una unión indisoluble entre el abogado y el regidor accidental, que otorgó al primero unas prerrogativas desmedidas como «adlátere» del segundo. «Su posición dentro del Ayuntamiento fue de tanto poder que incluso llegó a intermediar sobre el reparto de materias entre los concejales», indica la sentencia.

El interventor «desleal»

El contencioso de segregación de San Pedro Alcántara y otros servicios legales posteriores, por los que Del Nido venía cobrando diversas minutas, levantaron las sospechas del interventor municipal, Juan Antonio Castro Jiménez. Éste remitió un escrito a Julián Muñoz para informarle de que se estaba ordenando el pago de una cantidad mensual al abogado «sin indicar importe previsto como coste del servicio». En noviembre de 2000, Julián Muñoz acusó al interventor en público de «deslealtad» por haber facilitado información al Tribunal de Cuentas y a la Fiscalía Anticorrupción, y le instó a que pidiera un traslado. «La desazón provocada le ocasionó una arritmia al funcionario y hubo de pedir la baja», reza el fallo. Un mes después, el alcalde lo suspendió de empleo y sueldo.

Honorarios profesionales

Con el «pretexto de efectuar encargos de servicios de asistencia jurídica», todos ellos sin acreditar, Muñoz y del Nido se lucraron a costa del erario público. Para envolver estas minutas con un halo de legalidad, el abogado las justificaba como «honorarios profesionales». Sin embargo, para el Supremo existe «una omisión de los más elementales principios de toda actuación administrativa», basados en tres circunstancias: la innecesariedad de los encargos realizados por el Ayuntamiento o por sociedades municipalizadas, la indeterminación del precio del servicio y las ilegalidades administrativas.

Expolio a Marbella

A causa de todas estas ilegalidades, el Ayuntamiento de Marbella sufrió «la pérdida de varios millones de euros en una continua desviación de caudales públicos a fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico». De hecho, las multas impuestas a Del Nido y los otro nueve condenados, entre ellos el exasesor de Urbanismo Juan Antonio Roca, ascienden a 8.635.823 euros, que deberán revertir en las arcas municipales. Todo ello por unos pagos «innecesarios».

El fin del negocio

El 11 de agosto de 2003 el Ayuntamiento de Marbella realizó el último pago al abogado sevillano. Dos días después, se aprobó la moción de censura contra Julián Muñoz, que colocó en la Alcaldía a Marisol Yagüe gracias al voto tránsfuga de PSOE y PA. Del Nido declaró como imputado por el caso «Minutas» el 15 de septiembre de 2006, pese a lo cual no dudó en presentar trece días después ante el Consistorio marbellí «reclamaciones de pago de sus honorarios pendientes mediante carta fechada».

Sentencia reducida

La sentencia del Supremo ha aligerado las penas de los condenados, en relación al fallo dictado dos años antes por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial. En concreto, el Alto Tribunal consideró que «los elementos constitutivos del delito de fraude concurren en los hechos, aunque deberán tenerse por consumidos en el delito de malversación de caudales públicos». De ahí que la pena a Del Nido fuera reducida en seis meses, quedando fijada en siete años de cárcel como cooperador necesario en este último delito y en cinco años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público por prevaricación. Pese a esta reducción, la Sala ha destacado en su fallo «la inusitada gravedad de la conducta desplegada» por el abogado sevillano.

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