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TRIBUTOS

Las asignaturas pendientes de las herencias en el campo en Andalucía

La Junta de Andalucía suaviza los requisitos para abaratar el impuesto de sucesiones pero, según Asaja, persisten algunos supuestos que impiden el relevo generacional

Dos trabaadores recogiendo aceitunas en Jaén MANUEL MIRO

ANTONIO R. VEGA

A igualdad de parentesco, la diferencia en la factura del impuesto de sucesiones y donaciones puede ser importante en el campo andaluz. Si el padre cede en vida las tierras de labranza a sus descendientes mediante un contrato de arrendamiento —una práctica habitual cuando se acerca la edad de jubilación—, sólo el hijo que se dedica a la agricultura puede beneficiarse de la reducción del 99% en la liquidación. El pasado 2 de agosto, la Junta de Andalucía introdujo esta exención con la intención de facilitar el relevo generacional en las explotaciones agrícolas , pero la mejora se ha quedado a medias.

El problema radica en que excluye al hijo que ejerza una profesión distinta porque no puede acogerse a la citada rebaja, advierte Daniel Martín Moreno, asesor fiscal de la federación de Asociaciones Agrarias y Jóvenes Agricultores de Andalucía (Asaja) en Sevilla, que ha elaborado un estudio comparando el tratamiento fiscal en las comunidades.

Para evitar el citado agravio, el padre renuncia a arrendar las tierras y permanece como agricultor activo hasta su muerte. O, en cambio, la disyuntiva se resuelve vendiendo las tierras . En ambos casos, se produce el efecto contrario al que se persigue con la nueva regulación: el impuesto de sucesiones frena la renovación en el campo. Desde el punto de vista fiscal, a la familia le compensa esperar al fallecimiento del padre agricultor para realizar el traspaso de los bienes porque, de este modo, todos los hijos, al margen de su ocupación laboral, ven reducida la cuota en un 99%.

Para beneficiarse de la exención se requieren dos condiciones: que el finado haya ejercido la actividad agraria «de forma habitual, personal y directa» hasta el final de sus días y que sus descendientes mantengan este patrimonio familiar durante al menos los cinco años siguientes al deceso.

Flecos pendientes

El abandono de la actividad es la principal amenaza que se cierne sobre el campo andaluz. Para Asaja Andalucía, la reciente reforma autonómica supone un «avance» pero persisten «supuestos en los que no está justificado que no se pueda aplicar la reducción» y pide corregirlos. El presidente de la organización en Córdoba, Ignacio Fernández de Mesa, abogó la pasada semana por suprimir el tributo alegando que la nueva norma autonómica «sólo es aplicable a una ínfima parte de los titulares de explotaciones agrarias y la inmensa mayoría quedan en la misma situación que antes de la reforma».

Entre los flecos que han quedado sueltos está la imposibilidad de acogerse a la reducción del 99 por ciento cuando en un matrimonio, con los bienes en régimen de gananciales, fallece el cónyuge que no ha ejercido la actividad agraria. « Esto supone un gran inconveniente que suele afectar a la mujer », asegura Daniel Martín. «A nosotros nos llegó el caso de un matrimonio que tuvo hacer separación de bienes para que el marido pudiera jubilarse y la mujer tuvo que darse de alta como agricultora con 70 años para que sus hijos tuvieran la reducción», cuenta el asesor fiscal de Asaja.

Las condiciones se han flexibilidado. Así, desde agosto ya no se tiene en cuenta el nivel de ingresos que genera la agricultura para acogerse a bonificaciones (antes se exigía que fuera la principal fuente de renta), lo que beneficia a las pequeñas explotaciones.

La presión ejercida por Asaja fue decisiva para que la Junta, de la mano de Ciudadanos, accediera a abaratar estas herencias . El 5 de noviembre de 2015, el presidente de la organización en Andalucía, Ricardo Serra, envió una carta a la presidenta autonómica, Susana Díaz, exponiendo sus demandas para «fomentar el relevo generacional».En su misiva, recogía datos desalentadores como que uno de cada tres agricultores supera los 65 años.

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