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CASO ERE ANDALUCÍA

La juez Núñez imputa a Juan Lanzas y a cuatro exaltos cargos en el Caso ERE Andalucía

La magistrada imputa en esta pieza separada a un total de diez personas, entre ellas el exconsejero de Empleo Antonio Fernández

Núñez y Lanzas en dos imágenes de archivo EP / J.M.SERRANO

ABC

La juez María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares, ha imputado a cuatro ex altos cargos de la Junta de Andalucía y al 'conseguidor' Juan Lanzas en otra pieza separada de la causa por las ayudas concedidas a Aglomerados Morell Corvillete.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla imputa en esta pieza separada a un total de diez personas, entre ellas el exconsejero de Empleo Antonio Fernández , el exviceconsejero del ramo Agustín Barberá , y los ex directores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez .

Asimismo, la juez María Núñez Bolaños acuerda llamar como investigados en esta pieza separada al 'conseguidor' de los ERE Juan Lanzas , a su cuñado Ismael Sierra , al presunto 'testaferro' de los ERE Juan Francisco Algarín , y al abogado Carlos Leal .

Imputa a la exsecretaria de Guerrero

De igual modo, y por medio de este auto notificado ahora a las partes y consultado por Europa Press, la magistrada imputa a María Ángeles Gala , exsecretaria de Francisco Javier Guerrero , y a Jesús María Bordallo , un exconsultor de la mediadora Vitalia Vida.

El 14 de noviembre de 2016, la juez acordó formar la pieza relativa a Aglomerados Morell Corvillete y, respecto a las mismas, acordó llamar al procedimiento en calidad de investigados a Jorge Morell Villette, Luis Morell Muñoz y José Luis Llorente Herrero , lo que hizo mediante auto de 20 de octubre pasado.

Ahora, la magistrada acuerda rectificar y ampliar este último auto y acuerda llamar a esta pieza separada en calidad de investigadas a las diez personas mencionadas «por los mismos hechos imputados» en la causa matriz de los ERE .

Rectificación de errores materiales

La juez explica que el artículo 214.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , después de proclamar el principio de que los tribunales no podrán variar sus resoluciones una vez firmadas, «permite, sin embargo, rectificar errores materiales manifiestos o errores aritméticos que se hubieran podido cometer, rectificación que puede tener lugar en cualquier tiempo».

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