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¿Qué festivos abrirán los comercios en 2016?

El Consejo Andaluz de Comercio ha aprobado este jueves el calendario de aperturas de establecimientos comerciales

Muchas afluencia de público en las calles del Centro FOTO: JUAN FLORES

ABC

El Consejo Andaluz de Comercio ha aprobado el calendario de aperturas de establecimientos comerciales de más de 300 metros cuadrados en domingos y festivos para 2016, fijado en diez días por la ley autonómica, de los que tres serán en diciembre .

Como novedad se incluye la apertura el 27 de noviembre , último domingo de ese mes, que habían solicitado los comerciantes para llevar a cabo el 'black friday' , que se celebra en Estados Unidos el último fin de semana de noviembre y supone el pistoletazo de salida de las compras navideñas durante todo un fin de semana.

El calendario, que se publicará en el BOJA próximamente, establece que las diez jornadas de apertura en 2016 serán: 3 de enero (domingo), 29 de febrero (lunes), 3 de julio (domingo), 15 de agosto (lunes), 4 de septiembre (domingo), 12 de octubre (miércoles), 27 de noviembre (domingo), 11 de diciembre (domingo), 18 de diciembre (domingo) y 26 de diciembre (lunes).

Este conjunto de fechas ha contado con el respaldo de la práctica totalidad de los representantes del sector integrados en el Consejo Andaluz de Comercio y presenta, al igual que el año pasado, la reducción de la concentración de días autorizados para apertura en diciembre para procurar una distribución más equilibrada a lo largo del año.

Además de fijar las condiciones de aplicación del calendario para domingos y festivos, la normativa andaluza establece que tendrán plena libertad para determinar horarios de apertura los establecimientos de pastelería y repostería, pan y platos preparados, prensa, carburantes y floristerías; las tiendas de conveniencia; y los comercios instalados en puntos fronterizos y estaciones de transporte terrestre, marítimo y aéreo.

También tendrán libertad de apertura en domingos y festivos los establecimientos que dispongan de una superficie útil de venta al público inferior a 300 metros cuadrados, a excepción de los que pertenezcan a empresas o grupos de distribución que no tengan la consideración de pyme.

Podrán abrir libremente los comercios de zonas declaradas de gran afluencia turística , que son los términos municipales o parte de los mismos en los que la media ponderada anual de población es superior al número de residentes en determinadas épocas del año.

En dichas zonas, la libertad de apertura solo será aplicable en los períodos y áreas que se determinen.

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