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JUICIO CASO ERE

Una letrada de IDEA afirma que no le enviaron los expedientes para revisar la legalidad de ayudas a ERE

Palma Muñoz asegura que «le llamó la atención» la concentración geográfica de las subvenciones sociolaborales y para empresas

Alfonso Martínez del Hoyo, letrado que ha interrogado este lunes a la abogada María de la Palma EFE/EDUARDO ABAD

ANTONIO R. VEGA

La agencia IFA/IDEA pagaba las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis sin tener los expedientes, porque el órgano concedente, la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo, no los remitía. Así lo ha declarado en el juicio de la pieza política del caso ERE que se celebra en la Audiencia Provincial de Sevilla María de la Palma Muñoz, que entró como asesora jurídica de la agencia en 2003 y coordinó la asesoría jurídica del ente instrumental entre 2009 y 2013.

«Los letrados de la asesoría jurídica del IFA/IDEA nunca pudieron hacer informes de la legalidad sobre los convenios particulares porque no se recibieron los expedientes de ayudas», ha contestado Palma Muñoz a preguntas del letrado Alfonso Martínez del Hoyo, que defiende al exconsejero de Empleo Antonio Fernández García.

La abogada, experta en asuntos europeos, ha declarado como testigo en el juicio contra 22 ex altos cargos de la Junta de Andalucía, entre ellos los expresidentes socialistas Manuel Chaves y José Antonio Griñán , acusados de prevaricación y/o malversación de fondos públicos por crear y mantener durante una década un sistema de ayudas a empresas y prejubilados que repartió 855 millones de euros de forma arbitraria y sin fiscalización previa ni posterior de la Intervención de la Junta de Andalucía.

Durante su declaración, Palma Muñoz ha asegurado que nunca le solicitaron informe sobre la legalidad de los convenios, que empezaron a pasar por las manos de los asesores jurídicos en el año 2003 a iniciativa del entonces secretario general del IFA, Francisco José Oyonarte. Pero asegura que, al carecer de documentación más allá de los dos folios de los convenios singulares, su función revisora se limitaba a que éstos «tuvieran el máximo rigor técnico , pero no la legalidad».

La letrada del IFA ha señalado que «nos hubiera gustado tener» una función revisora de las ayudas para «haber mejorado los elemetnos de juicio» de convenios que firmaba el director general de la agencia.

Por otro lado, Palma ha destacado que la agencia IDEA « no tenía ninguna capacidad de decisión » sobre ayudas que concedía la Dirección General de Trabajo, ya que el convenio marco de 2001 en que se amparaban los convenios particulares de ayudas es simplemente «un marco para encargar unos pagos a un ente dependiente de la Consejería de Empleo». «No establece un régimen jurídico».

Además, la abogada del IFA/IDEA afirma que en 2008 se advirtió por parte de la agencia que el órgano competente para conceder las ayudas era el titular de la Consejería de Empleo y no el director general de Trabajo.

Palma también destacó la falta de colaboración del exdirector general de Trabajo Daniel Alberto Rivera para facilitarle resoluciones de ayuda cuando se sustituyó el convenio marco por otro sistema basado en las encomiendas de gestión de Empleo al IFA/IDEA.

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