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SANIDAD

Los utensilios para hacerse un «piercing» a partir de ahora serán de un solo uso

La Junta refuerza las garantías higiénico-sanitarias de los establecimientos de tatuajes y «piercings»

Antes bastaba con que fueran esterilizados JOSÉ ORTEGA

S.A.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado este martes el nuevo decreto regulador de las condiciones higiénico-sanitarias para la realización de tatuajes , micropigmentaciones y perforaciones cutáneas («piercings»). La norma, que sustituye a la vigente desde 2002, refuerza las garantías de control sobre estas actividades y a la vez simplifica los trámites administrativos que les afectan, de acuerdo con las directivas europeas de eliminación de trabas en los servicios del mercado interior.

Según ha explicado en rueda de prensa el vicepresidente de la Junta, Manuel Jiménez Barrios, el decreto regula por primera vez la micropigmentación (implantación semipermanente de elementos a nivel epidérmico), incrementa el control de las instalaciones y mejora las exigencias de información y protección de las personas usuarias.

Respecto a las condiciones higiénico-sanitarias, la principal novedad es la obligación de los establecimientos de contar con programas acreditados de desinfección, desinsectación y desratización .

Frente a la anterior regulación que solo requería la esterilización, el nuevo decreto exige que los utensilios que atraviesen o penetren en la piel, las mucosas u otros tejidos, como agujas, electrodos, cuchillas, jeringuillas, tintas y similares (incluidos los materiales de rasurado y afeitado), deberán ser, además, de un solo uso.

Se incorpora la regulación del tratamiento de lavado para la ropa usada durante el tatuaje

La norma también especifica, por vez primera, que el mantenimiento de los equipos esterilizantes deberá llevarlo a cabo personal técnico autorizado, de forma periódica y con documentos acreditativos. Igualmente, se incorpora la regulación del tratamiento de lavado para la ropa usada durante el tatuaje o perforación.

En lo referente a la protección del usuario, el texto introduce la figura del consentimiento informado, que deberá incluir tanto aspectos genéricos y específicos sobre los cuidados a aplicar como información sobre posibles complicaciones y contraindicaciones.

La simplificación de trámites administrativos para el desarrollo de la actividad se concreta en la sustitución de la anterior autorización por una declaración responsable que el promotor deberá presentar ante el ayuntamiento, condicionada en todo caso a las inspecciones y controles que se realicen con posterioridad .

Estar vacunados de hepatitis B y tétanos

La norma determina también los requisitos formativos del personal que aplica estas técnicas, tanto a través de la Formación Profesional como por la vía de certificados de profesionalidad, y se exige su vacunación de hepatitis B y tétanos.

Respecto a las características de las instalaciones, los establecimientos deberán contar, al menos, con un área de trabajo bien iluminada y aislada del resto, una zona de esterilización dedicada a la desinfección y preparación del instrumental y otra de recepción e información al usuario.

Por su parte, los materiales utilizados como joyas en el «piercing» deberán ser biocompatibles y tener una calidad mínima que evite el riesgo de reacciones alérgicas o infección. Para ello se recomienda que estén elaborados con acero inoxidable, oro o titanio, de acuerdo con normativa europea.

Facua denuncia

La organización de consumidores de Facua-A ha advertido de que el nuevo decreto sobre negocios de tatuajes y piercings, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, reduce los controles en estos establecimientos. En una nota, Facua-A ha recordado que ya alertó de que la nueva regulación, que viene a modificar el Decreto 286/2002 de 26 de noviembre, acrecienta «el descontrol» al eliminar el régimen de autorización previo y sustituirlo por una simple declaración responsable por parte del propietario del establecimiento.

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