Hazte premium Hazte premium

La Audiencia Nacional le da la razón a Escañuela

Anula la inhabilitación del TAD a causa de la elección de Gala León como seleccionadora

IGNACIO GIL

M. GONZÁLEZ

La Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado una sentencia en la que da la razón a José Luis Escañuela , expresidente de la Federación Española de Tenis (RFET), anulando su inhabilitación por el plazo de siete meses decretada en octubre de 2015 por el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que le acusaba de no presentar las actas del nombramiento de Gala León como capitana del equipo español de Copa Davis y condenando en costas al Consejo Superior de Deportes (CSD), que impulsó esta decisión al presentar su entonces presidente, Miguel Cardenal, el escrito ante el TAD al considerar la acción de Escañuela como una «infracción muy grave a la disciplina deportiva». Ya a principios de febrero, el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo rebajó de dos años a ocho meses otra inhabilitación dictada por el TAD e impulsada por el CSD por no rendir cuentas en 2014 a la Subdirección General de Alta Competición.

El abogado sevillano, que dimitió como presidente de la RFET en julio de 2015 , alegó que se encontraba de baja por conciliación familiar desde días antes de que el CSD remitiera el requerimiento para que se aportara una certificación literal del acta de las sesiones de la junta directiva en la que se aprobó el nombramiento de Gala León, algo que asume en su sentencia la Audiencia Nacional, que recoge que dicha situación «ha sido acreditada» y que a Escañuela «no le era exigible el cumplimiento de ninguna de las obligaciones inherentes a un puesto que, entonces, no podía desempeñar», desde el 11 de marzo al 2 de junio de 2015. «Está tan claro que no requiere de mayor argumentación», asevera la sala, que por ese motivo rechaza la acusación de «incumplimiento de órdenes e instrucciones emanadas de los órganos deportivos competentes» que se vertía sobre Escañuela, al tiempo que descarta que tras su incorporación pueda aplicársele esta sanción ya que fue incoada el 14 de mayo, «por lo que no podría sancionarse un comportamiento posterior a los hechos que motivaron la incoación del expediente». Escañuela valoró la sentencia: «La vida sigue y el tenis quedó hace tiempo atrás. Mi prioridad es que se reconociera la ilegalidad cometida porque el deporte es independiente del poder y la sentencia también rehabilita a todos los directivos que votaron la medida unánimemente».

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación