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El juzgado niega que los administradores concursales de Contsa fueran negligentes

Desestimada la demanda de seis millones de euros que formuló el presidente de la corporación empresarial

El juzgado niega que los administradores concursales de Contsa fueran negligentes gogo lobato

M. J. PEREIRA

El Juzgado Mercantil 1 de Sevilla ha desestimado la demanda que José Salas , presidente de Contsa Corporación Empresarial , interpuso en 2011 contra los administradores concursales de la compañía, Joaquín Miguel Aguilar Cazorla, Miguel Isasi y Francisco José Tato, según ha podido saber ABC. Salas reclamaba a la Administración Concursal seis millones de euros en concepto de daños y perjuicios por su actuación en Contsa, pero el juez deja claro en su sentencia de 14 de junio que no hubo negligencia en la actuación de Aguilar, Isasi y Tato.

En este dictamen, que puede ser recurrido en apelación ante la Audiencia, el juez desmonta la tesis de Salas de que los administradores dejaron morir la empresa al no pagar las cuotas hipotecarias y provocar la subasta de los inmuebles, no continuar con las promociones en curso, no alquilar los cincuenta inmuebles que tenía o no vender algunos activos para generar liquidez.

Salas pretendió ejercer el artículo 36 de la Ley Concursal, que establece que los administradores responderán frente al deudor y frente a los acreedores de los daños y perjuicios causados a la masa por los actos y omisiones contrarios a la Ley o realizados sin la debida diligencia. El que fuera presidente del Grupo Contsa aseguraba en su demanda que con su actitud de abandono y desinterés , los administradores concursales propiciaron daño a la empresa y por ello a los creedores, reclamando 5,8 millones de euros en concepto de daños y perjuicios.

El magistrado entiende, sin embargo, que Salas no ha alegado ni probado el daño causado por los administradores concursales y, aclara, que «sin el daño no puede haber responsabilidad de la Administración Concursal». Así, en cuanto al impago de las cuotas hipotecarias, la sentencia dice que Salas sólo reclama daños por la pérdida de dos activos , sin entrar a valorar otros procedimientos de ejecución hipotecaria que había sobre otros inmuebles.

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