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PEDRERA

Condenan a 180 euros a cada uno de los tres rumanos implicados en los altercados

El Juzgado de Primera Instancia de Estepa impone una multa de dos meses a razón de tres euros diarios sin indemnización para el denunciante

Los altercados se saldaron con tres rumanos y variosvecinos detenidos ABC

ABC

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Estepa ha condenado al pago de una multa de 180 euros a cada uno de los tres varones de origen rumano detenidos por agredir el pasado 6 de enero a I.P.G., un vecino de la localidad sevillana de Pedrera, en una discusión tras un accidente de tráfico en este municipio, hechos que posteriormente motivaron incidentes en el pueblo.

En concreto, el juez de Primera de Instancia e Instrucción número 2 de Estepa, Francisco José Velasco Ortiz, ha condenado a D.I., N.V.D. y A.M.D. como responsables, en concepto de coautores, de un delito leve de lesiones a la multa de dos meses a razón de tres euros diarios , lo que supone un total de 180 euros para cada uno de ellos.

En la sentencia, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) a la que ha tenido acceso Europa Press, el magistrado considera probado que sobre las 22.30 horas del sábado 6 de enero de 2018, I.P.G., en compañía de su cónyuge I.P.P., se dirigía en su vehículo al tanatorio de Pedrera cuando se vieron involucrados en una colisión con otro vehículo , en el que viajaban los condenados.

Tras bajarse los ocupantes de ambos vehículos para comprobar los daños y reprochar el vecino de la localidad a los ocupantes del vehículo contrario «su forma de conducir», se inició una discusión entre ambas partes en la que se intercambiaron «improperios».

«El tono de la discusión fue en aumento y en un momento determinado uno de los ocupantes del vehículo agarró a la mujer de la bufanda que llevaba al cuello», recoge la sentencia, que continúa con el relato de los hechos, señalando que «el marido de ésta intervino en su defensa«, momento en el que los ahora condenados «le propinaron diversos golpes y le hicieron caer al suelo, llegando N.V.D. a golpearle en la cabeza con una barra de goma que se había desprendido del paragolpes del vehículo en el que viajaba».

Como consecuencias de estos hechos, el agredido, que ha renunciado a solicitar indemnización, sufrió una contusión parietooccipital izquierda , que precisó de tres días de perjuicio personal básico, según indica la sentencia con fecha de 9 de enero de 2018 tras la celebración de juicio inmediato por delito leve, que tuvo lugar el día anterior.

Por su parte, los condenados, que no han negado la realidad del altercado y que además han sido condenados al pago de las costas , han ofrecido «otra versión de los hechos», exponiendo que el denunciante «comenzó a insultarles e increparles y que fue él quien agredió en primer lugar N.V.D., que se limitó a devolver el puñetazo recibido por defensa».

El magistrado estima adecuada la petición del Ministerio Fiscal de sentencia condenatoria para los tres detenidos por un delito leve de lesiones a la pena de multa de dos meses a razón de tres euros diarios sin indemnización para el denunciante por haber renunciado éste a la misma, por cuanto « los denunciados se hallan en una incierta situación económica dada por lo temporal de su ocupación (todos afirman ser temporeros agrícolas)».

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