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SEGURIDAD Y TRÁFICO

Qué hacer si debo someterme al «drogotest»

La prueba de detección de drogas en conductores tiene una alta fiabilidad, pero no absoluta. Negarse a realizarlo puede suponer, además de la multa, la apertura de un proceso penal

Qué hacer si debo someterme al «drogotest» ABC

E. BARBA

En Sevilla capital funciona desde hace menos de un año el llamado «drogotest», una prueba que la Policía Local usa para detectar el consumo de drogas en conductores y cuya implantación se demoró muchos meses debido a la tardanza de la Fiscalía de Seguridad Vial en elaborar las normas municipales concretas. El Ayuntamiento de Sevilla tenía comprados los dispositivos pero no pudo usarlos durante meses. Ahora ya los utiliza en los casos en que los agentes aprecian que hay indicios de consumo en conductores que han dado negativo en la prueba de alcoholemia.

¿Qué es un «drogotest»?

Se trata de una prueba para verificar si un conductor o cualquier persona que se haya visto implicada en un accidente de tráfico, ha ingerido sustancias tóxicas como estimulantes, psicotrópicos o estupefacientes. El test consiste en tomar una muestra de saliva de la persona y depositarla en un aparato que detecta, en sólo 5 minutos, el consumo de cinco de las drogas más comunes, entre ellas las anfetaminas, el cannabis y la cocaína. El dispositivo tiene una especie de pantalla blanca con unas líneas rojas; si al hacer la prueba una de las rayas desaparece, se concluye que se ha consumido droga.

¿Cuándo se realiza la prueba?

Normalmente, el «drogotest» se realiza en un control rutinario reglamentado (como los de alcoholemia) o bien cuando la persona ha dado negativo en la prueba de alcoholemia pero se detectan síntomas evidentes (pupilas dilatadas, dificultades para hablar, etc) de que la persona puede haber consumido. El dispositivo puede detectar el consumo de droga hasta 18 horas después de que se haya consumido.

¿Qué valor probatorio tiene el test?

Si no se infringen ninguno de los requisitos que exige la ley para llevar a cabo la prueba y ésta da positivo -o incluso en la segunda prueba se da positivo-, es muy difícil restar credibilidad al resultado. Además, irá acompañado de un informe de la Policía donde se indicarán los síntomas que presentaba la persona y será firmado por varios agentes. Resulta muy difícil negar evidencias de ese tipo legalmente hablando.

¿Es infalible el «drogotest»?

Pese a la alta fiabilidad del método, se han producido casos con fallos en el dispositivo. La propia compañía que comercializa la máquina en España, Dräger, informa de que la fiabilidad del Dräger DrugTest 5000, el que aquí se usa, es del 95% y no absoluta. Eso es debido, entre otras cuestiones técnicas, a la alta sensibilidad del detector ante cualquier sustancia que analice, pero también que interfiera. Hace varios años, por ejemplo, trascendió en los medios de comunicación que la Guardia Civil de Ibiza había realizado un «drogotest» positivo que, al realizar una segunda prueba en el hospital una hora más tarde, se había convertido en resultado negativo. ¿Puede ser el caso del conductor de Tussam que ha atropellado a una chica que hacía footing en Torneo?

¿Puedo negarme a hacer el «drogotest»?

Cualquiera puede negarse a someterse a esta prueba, pero como con la de alcoholemia, la negativa a someterse al «drogotest» es una infracción muy grave y el agente puede inmovilizar el vehículo. La multa puede llegar a 500 € (artículo 65.5, de la Ley sobre Tráfico) y supone también la pérdida de 6 puntos del carné de conducir. Además, la negativa a someterse al test supone la comisión de un delito contra la seguridad vial, motivo por el que los policías pueden dar parte al juzgado para que se inicie un procedimiento por la comisión de un delito recogido en el Código Penal con una pena de prisión de 6 meses a 1 año y la pérdida del carné de conducir entre 1 a 4 años (artículo 383 del Código Penal).

Las autoridades pueden actuar por la vía penal contra el conductor bien cuando se niegue a realizar la prueba o también en el caso de que el resultado del «drogotest» sea positivo y la gravedad de las circunstancias así lo aconsejen. El Código Penal castiga con la pena de 3 a 6 meses de cárcel o con la imposición de una multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, más la pérdida del carné de conducir por un plazo de 1 a 4 años. Lo normal, si no se tienen antecedentes y es la primera vez que la persona tiene un procedimiento penal abierto por seguridad vial -si no son hechos graves-, es que se le condene a efectuar trabajos en beneficio de la comunidad. Por ello, siempre es mejor someterse al test de drogas que negarse.

¿Se puede recurrir el «drogotest»?

Como ocurre con la prueba de alcoholemia, la persona puede pedir el contraste de los resultados con otra prueba si no se está de acuerdo con los resultados. Esta otra prueba consiste en trasladar a la persona analizada al centro médico más cercano para que le realicen un análisis de sangre, orina o similar. El resultado de esta segunda prueba será enviada por los facultativos al Juzgado, en caso de que se abra procedimiento penal, la Jefatura de Tráfico o el organismo municipal competente.

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