enseñanza
El embrollo judicial de la educación diferenciada en Andalucía
Nuevas sentencias del Supremo se han pronunciado a favor de la Junta de Andalucía, aunque refiriéndose a una ley orgánica y a un periodo de conciertos anteriores que no afectan a los actuales para el próximo curso
El laberinto judicial en el que se halla inmersa la educación diferenciada en Andalucía, tras la reiterada negativa de la Administración autonómica a concertar a los doce colegios con este modelo pedagógico, ha abierto un nuevo episodio que viene a ilustrar la «batalla» que hasta la fecha se viene librando. La dilación de la maquinaria judicial hace que vean la luz ahora —con una nueva ley orgánica en vigor y un escenario distinto— cuatro sentencias del Supremo (TS) que admiten recursos de casación interpuestos por la Junta en 2012 y que desestiman recursos contencioso-administrativos referidos al sindicato USO, el centro educativo El Soto, de Chauchina (Granada), los dos colegios de las Hermanas de la Cruz y el Altair en Sevilla.
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Los fallos del Tribunal se pronuncian en términos similares y contrarios a sentencias anteriores del TSJA favorables al sindicato y a los colegios citados, que recurrieron en su día la Orden de la Consejería de Educación de 7 de agosto de 2009, por la que se denegaba la renovación del concierto educativo por cuatro años, con la salvedad de que los centros pudieran escolarizar a alumnos de ambos sexos.
Sobre una ley anterior
Pero estas sentencias del Supremo hacen referencia expresa a la anterior Ley Orgánica de Educación, sobre la que basan sus argumentaciones contrarias a la financiación pública para los centros diferenciados. Es, precisamente, la baza de los fallos del TS a su favor, la que la Junta sigue aún esgrimiendo para hacer valer su postura.
En cualquier caso, estas sentencias no son más que cuentas de un largo rosario que se ha ido prolongando en el tiempo a raíz de la posición férrea de la Administración andaluza frente a este modelo pedagógico —el curso pasado inició la retirada progresiva de los conciertos a los colegios diferenciados— y de la defensa que del modelo han protagonizado los propios padres, centros y trabajadores afectados.
La entrada en vigor a principios de año de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (Lomce) ha dado un vuelco completo a la situación, al reconocer expresamente la financiación pública para estos centros. Pese a ello, la espiral judicial sigue girando con nuevos recursos. La Junta, que ayer no quiso pronunciarse hasta no analizar las nuevas sentencias del Supremo, ha recurrido la Lomce ante el Constitucional e, incluso, las medidas cautelares que el TSJA ha otorgado a los colegios, a los que la Administración andaluza denegó los conciertos pese al reconocimiento de la nueva ley educativa.
Desde la plataforma «Mis padres deciden», su portavoz, Gemma García, aseguraba que «no hay motivos de intranquilidad. Los fallos se refieren a un periodo de concierto pasado y a una ley que ya no está en vigor y no tiene efecto. La voluntad del legislador —señala— ha cambiado y la Lomce equipara a los centros de diferenciada y mixtos en el acceso a los conciertos». De hecho, los colegios andaluces siguen concertados con las cautelares y han matriculado a los alumnos que así lo han solicitado para el próximo curso.
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