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Solo podrán hacer obras de mantenimiento

Una norma de la Junta que espanta a inversores para 3.500 edificios de Sevilla

La modificación del PGOU para adaptarlo a la LOUA deja fuera a todos los inmuebles con más plantas de las admitidas

Una norma de la Junta que espanta a inversores para 3.500 edificios de Sevilla Juan Flores

amalia F. Lérida

El Ayuntamiento de Sevilla decidió que unos 3.500 edificios sobrepasaban en plantas la altura establecida para su sector en el PGOU de 2006 y la Junta de Andalucía acaba de decidir que esos mismos inmuebles del Casco Histórico quedan a partir de ahora fuera de ordenación aplicándole el artículo 34 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) de 2012.

Una consulta de la Gerencia de Urbanismo en el trámite de adaptación del planeamiento urbanístico de la ciudad a la nueva norma de rango superior ha deparado una interpretación restrictiva que impedirá a partir de ahora reformas de obras y uso en las plantas que excedan las admitidas en la ordenación del PGOU.

La primera consecuencia que han empezado a detectar los agentes de la propiedad inmobiliaria es la paralización del mercado y la marcha de inversores en operaciones de compraventa cuando conocen las nuevas condiciones que impone la normativa.

Básicamente, la adaptación del PGOU a la LOUA obliga a que si un edificio tiene 7 plantes y el plan fija en su ordenación sólo 4, en tres de ellas sólo se pueden llevar a cabo tareas de mantenimiento pero nunca cambio de uso de oficina a vivienda o de vivienda a hotel, por citar algunos ejemplos.

La LOUA establece que la consideración técnica de «fuera de ordenación totalmente incompatible con el PGOU» de estos casi 3.500 edificios se aplica a los edificios que aun estando construidos con anterioridad a la aprobación del PGOU en 2006 cumpliendo la más absoluta legalidad, superan la altura establecida en el plan.

El presidente del Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Sevilla, Manuel Bermudo, admite que está recibiendo muestras de gran preocupación por parte del colectivo al que representa, ya que «los compradores de los edificios se echan para atrás si ven que no pueden hacer obras para adaptarlos a las necesidades de sus negocios».

Algunos edificios afectados son tan conocidos como el Hotel Inglaterra que cuenta con 7 plantas y el PGOU le asigna 4 o el antiguo Banco de Andalucía que tiene 8 pero tres quedan a expensas únicamente de obras de mantenimiento. En la avenida de la Constitución, el inmueble encima de Bankia se alza con 8 plantas y el PGOU establece 6; y, casi todos los que están frente a la Catedral, con 7 y 8 plantas cuando el Plan reconoce cinco.

En Federico Sánchez Bedoya 5-7 hay otro inmueble de 6 pisos y para el PGOU tiene 4; y, otro ejemplo sería el Hotel Ducal en la Encarnación al que se le asignan 5 plantas cuando tiene 7.

Los agentes de la propiedad inmobiliaria destacan la «gravedad» de la medida «porque conculca el derecho a la propiedad de algo construido legítimamente, y no se puede alegar el interés público o social, porque entonces deberían expropiar la propiedad». En opinión de Manuel Bermudo, esta situación «es una indefensión absoluta de los propietarios de estos edificios, ya que cuando se aprobó el PGOU no existía este nueva normativa y la altura que señalaba el Plan era sólo para el caso de derribo y sustitución del edificio».

«Vamos a reunirnos con los responsables de la Junta porque además ¿quién decidió que todos esos edificios, algunos muy representativos de la ciudad, tuvieran una altura menor en el Plan?», se pregunta.

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