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caso marta del Castillo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da la espalda a los padres de Marta del Castillo

Rechaza su demanda por el doble juicio alegando que la tutela judicial efectica solo está «para proteger a los acusados»

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos da la espalda a los padres de Marta del Castillo VAnessa Gómez

ABC

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha rechazado la demanda que los padres de Marta del Castillo , la joven asesinada en enero de 2009 en una vivienda de la calle León XIII de Sevilla, interpusieron por la violación de derechos como consecuencia del enjuiciamiento separado de los mayores y del menor de edad que fueron acusados en este procedimiento.

Las vícitmas no tienen derecho a la tutela judicial efectiva

Fuentes del caso han informado a Europa Press de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha dictado una resolución en la que inadmite a trámite la demanda presentada por los padres de Marta por el enjuiciamiento separado del entonces menor de edad, conocido como el 'Cuco', y de Miguel Carcaño , su hermano Francisco Javier Delgado , la novia de éste y Samuel Benítez .

Las mismas fuentes consultadas han indicado a Europa Press que los padres de la joven asesinada denunciaron en su demanda la infracción del derecho a la tutela judicial efectiva por el doble enjuiciamiento desarrollado en el caso.

No obstante, el Tribunal Europeo ha rechazado la demanda al considerar que, «al ser víctimas, no les protege el Convenio Europeo de Derechos Humanos », el cual «está previsto para proteger los derechos de los acusados», han indicado las fuentes del caso consultadas.

«Otro jarro más de agua fría»

Tras conocer la decisión, el padre de Marta, Antonio del Castillo , ha señalado en Europa Press que la decisión de este Tribunal «supone otro jarro más de agua fría» porque «no llegamos en nada a los tribunales», en referencia a las últimas decisiones judiciales que han desestimado sus pretensiones. « Estamos ya acostumbrados », ha lamentado el padre de la joven.

Hay que recordar que, en la sentencia donde elevó a 21 años y 3 meses la condena impuesta a Miguel Carcaño, el Tribunal Supremo rechazó el recurso de la familia por la vulneración de un conjunto de preceptos constitucionales como consecuencia del doble enjuiciamiento de los mayores y del entonces menor de edad.

La sentencia del Tribunal Supremo

No obstante, el Supremo sí reconoció que ello provoca «efectos procesales y materiales indeseados ante el desdoblamiento en dos jurisdicciones penales de unos mismos hechos , máxime cuando, habiendo transcurrido su investigación paralelamente, se llega a la fase de enjuiciamiento en momentos diferentes».

Según el Supremo, en casos como el de Marta, lo anterior es «lógica consecuencia de la celeridad que el legislador imprime al procedimiento de menores y la mayor lentitud que, de contrario, deriva como inevitable consecuencia del cúmulo reforzado de garantías del que está revestido el sumario, cuya principal razón de ser estriba en la gravedad de las penas imponibles».

Así, puso de manifiesto que algunos de los implicados «pudieron acogerse en el Juzgado a su derecho a no declarar, al estar abierta causa penal contra ellos en la jurisdicción de adultos », pero, «en cambio», el 'Cuco' «hubo de declarar en este segundo juicio bajo el estatuto de testigo, al haber recaído sentencia firme respecto del mismo en la jurisdicción de menores».

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