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La Audiencia suspende el juicio del Merca porque la juez Núñez echó al PP

La Sección Primera da un varapalo a la magistrada, que tendrá que admitir en el caso del delito societario al partido que pretende recusarla

La juez María Núñez Bolaños ABC

ALBERTO GARCÍA REYES

El juicio sobre la quiebra de Mercasevilla durante la época en la que el Ayuntamiento estuvo gobernado por PSOE e IU ha sido anulado. La Sección Primera de la Audiencia Provincial ha dictado un auto en el que decreta la anulación de la instrucción llevada a cabo por la juez María Núñez Bolaños , sustituta de Mercedes Alaya , por no haber admitido en el proceso la participación del PP, por lo que el caso tendrá que volver a instruirse incluyendo todas las solicitudes que realice la acusación popular. El varapalo de la Audiencia a Núñez es muy contundente, ya que asegura que su actuación en este caso «carece de todo amparo legal» porque «no existe fundamento para privar a un acusador popular debidamente personado en la causa de su derecho a formular su pretensión acusatoria en el trámite contemplado en la ley procesal».

Este procedimiento corresponde a la última rama del caso Mercasevilla, la relativa a la quiebra de la sociedad supuestamente provocada por sus gestores entre los años 2000 y 2009. Núñez Bolaños emitió un auto de procedimiento abreviado relativo a este asunto el pasado mes de mayo, dando por finalizada la investigación y procesando a 14 personas, todas ellas del organigrama directivo. Todos los políticos investigados quedaron exculpados. Sin embargo, Núñez no permitió que formulase escrito de acusación el PP, representado por el ahora portavoz municipal, Beltrán Pérez , que fue quien destapó todo el escándalo durante los años de oposición a Monteseirín y Torrijos como consejero de la lonja pública.

La juez acusa del desfalco fundamentalmente al exdirector general de Mercasevilla Fernando Mellet , para quien la Fiscalía pide 24 años de cárcel y 40 de inhabilitación absoluta por distintos delitos de prevaricación, malversación y falsificación de documento público. Además, la juez le impuso una fianza de 590.000 euros tras cifrar el daño causado a la empresa pública en 449.164,74 euros.

Igualmente, dictó el procesamiento de los responsables de la empresa Hermes Consulting, Francisco Limón Romero y Francisco José González García, por la supuesta elaboración de informes falsos para el ERE de 2007 en la compañía. Para ellos pedía la Fiscalía cuatro años de prisión. Además, se tendrían que haber sentado en el banquillo el presidente de la Asociación de Mayoristas de Pescado y su hija por los pagos de unos palets a esta entidad y de una beca de estudios en Londres, dos abonos que no se ajustaban al objeto social de la empresa.

El resto de los acusados, para quienes la Fiscalía pedía tres años y medio de cárcel y ocho años de inhabilitación, son nueve prejubilados en el ERE de 2007 que supuestamente no cumplían los requisitos mínimos para acceder a las pólizas, en la mayoría de los casos porque habían sido recientemente contratados por la lonja.

Este caso, que es la madre del escándalo de los ERE ya que gracias a la auditoría en la que se detectó el desfalco afloraron las prejubilaciones irregulares y las trampas de Mellet para encubrir los pagos de comisiones, ya tenía incluso fecha de juicio fijada en la Sección Cuarta de la Audiencia, que tendrá como ponente al magistrado Francisco Gutiérrez López . Concretamente, iba a empezar el 15 de enero y terminaría el 10 de marzo. Es más, Mellet había propuesto como testigos a Alfredo Sánchez Monteseirín y Antonio Rodrigo Torrijos , una petición muy simbólica porque el director general pretende hacer ver con ella que todas sus actuaciones estaban tuteladas por los dos principales responsables políticos del Ayuntamiento en aquella época.

Pero todo eso ha quedado oficialmente anulado y todo el proceso vuelve a empezar. El auto de la Audiencia dictado el pasado 7 de noviembre, al que ha tenido acceso ABC, relata de forma diáfana que la juez Núñez privó al PP de su derecho a ejercer la acusación popular y que eso invalida todas sus acciones posteriores. La secuencia de los hechos es bastante clarificadora. La instructora acordó procesar a los 14 acusados de esta causa el 28 de noviembre de 2016 aclarando en su auto que no admitiría escritos de acusación «por quienes no estén personados en legal forma como acusación particular».

El 2 de diciembre, Beltrán Pérez le pidió que le aclarase este punto porque él estaba personado en la causa como acusación popular, no particular. La juez le contestó el 13 de diciembre que no había lugar «a la aclaración solicitada», por lo que Pérez interpuso recurso de reforma contra el auto de procedimiento abreviado que daba por concluida la instrucción. El 3 de marzo, la magistrada volvió a desestimar su alegación «manteniendo la resolución recurrida en su integridad», ante lo que el portavoz del PP volvió a presentar un recurso que, en este caso, impugnó la Fiscalía solicitando su desestimación. Por lo tanto, Pérez usó su última oportunidad apelando ante la Audiencia Provincial. Y ahora la sala concluye que Beltrán Pérez se personó como acusador popular el 13 de mayo de 2010 «sin que conste que desde entonces haya dejado de actuar en tal condición». Por lo tanto, el ponente del auto, Enrique García López-Corchado, considera que Núñez Bolaños «ha vulnerado su derecho constitucional a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías».

Según la Audiencia, cuando se cierra una instrucción no se puede hacer «discriminación o exclusión alguna de las acusaciones populares si, como acontece en el presente caso, se hallan personadas en debida forma». El PP lo estaba, de manera que su expulsión de la causa «no tiene amparo legal» porque «no existe fundamento para privar a un acusador popular debidamente personado en la causa de su derecho a formular su pretensión acusatoria».

En consecuencia, la Audiencia ha estimado el recurso de apelación del PP para dejar sin efecto la decisión de la juez y «retrotraer las actuaciones para que se tenga por formulada acusación por Beltrán Pérez». Esta decisión o supone la nulidad de lo ya instruido siempre que «no se encuentre afectado o viciado por la infracción procesal apreciada». Es decir, la investigación es válida, pero el PP tiene derecho a exponer sus solicitudes antes de darla por terminada.

Esto supone un duro revés para la juez que sustituyó a Mercedes Alaya, ya que recientemente el PP ha presentado un incidente de recusación contra Núñez Bolaños porque su cuñada trabaja en la Agencia IDEA , donde se enmarca toda la investigación de los ERE y las transferencias de financiación, un asunto en el que, por cierto, trató de imponer una fianza de 30.000 euros el PP para que pudiera personarse.

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