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Sucesos

Condenado por abusar sexualmente de su hija menor y maltratar a sus otros seis hijos en Sevilla

La Audiencia le impone ocho años de prisión a este hombre que también pegaba constantemente a sus otros seis hijos

Imagen de archivo de un vehículo de la Policía Nacional en Las Vegas, en el Polígono Sur ABC

M.B.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a ocho años de cárcel a un hombre por abusar sexualmente de su hija menor de edad y maltratar tanto a ésta como a sus otros seis hijos menores en una vivienda del Polígono Sur de la capital hispalense entre 2011 y noviembre de 2013.

En la sentencia, el tribunal condena al acusado por un delito continuado de abuso sexual a la menor de 13 años a seis años de prisión y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de la víctima, así como comunicarse con ella de forma directa o indirecta, por tiempo de 12 años, privándole asimismo de la patria potestad.

De igual modo, la Audiencia condena a este hombre por un delito de maltrato habitual a dos años de cárcel y la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de sus siete hijos, así como comunicarse con ellos por cualquier medio, por tiempo de seis años, imponiéndole asimismo la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad , tutela, curatela, guarda o acogimiento por plazo de cinco años.

En concepto de responsabilidad civil, le impone una indemnización acusado de 28.000 euros a la menor víctima de los abusos y a otros cuatro de sus hijos, excluyendo cualquier tipo de indemnización a favor de las dos víctimas restantes «dada su corta edad al tiempo de los hechos».

De otro lado, la Sección Tercera de la Audiencia absuelve al acusado de los delitos de exhibicionismo y provocación sexual por los que también fue enjuiciado.

Maltrato constante

El tribunal considera probado que el acusado mantuvo entre 1999 y 2015 una relación de pareja con una mujer fruto de la cual nacieron ocho hijos, siete de los cuales viven en la actualidad con edades comprendidas entre los 16 y los 5 años, precisando que, mediante resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Delegación Territorial de Salud y Bienestar Social de Sevilla de fecha 29 de mayo de 2013, se declaró la situación de desamparo de los siete menores, que fueron retirados del domicilio familiar el 29 de noviembre de 2013.

La Audiencia añade que, entre 2011 y el mencionado día 29 de noviembre de 2013, y «por tanto durante la convivencia en el domicilio familiar», el acusado, «tratando de satisfacer sus deseos sexuales» , abusó de una de sus hijas cuando ésta contaba con menos de 13 años de edad.

A ello se suma, según la sentencia, que el acusado, durante la convivencia familiar, « sometió a sus hijos menores de edad a una generalizada y permanente situación de violencia y maltrato» , de forma que «pegaba constantemente a los hijos menores sin motivo o con cualquier pretexto», mientras que también «propició en la convivencia familiar un ambiente sexualizado al que expuso a sus hijos menores a sabiendas de su inmadurez», lo que generó en sus hijos «un constante sufrimiento moral y una permanente sensación de angustia, miedo y humillación».

Por el contrario, la Audiencia considera que «no se ha constatado que el acusado exhibiera a sus hijos menores películas de naturaleza pornográfica en los que aparecieran personas desnudas manteniendo relaciones sexuales, como tampoco que delante de los menores se masturbara».

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