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Condenado a cuatro años de cárcel a un peluquero que grabó a 30 mujeres, varias menores

Ocultó una microcámara en un bote en el cuarto de baño de un establecimiento de la avenida de Miraflores

ABC

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a cuatro años de cárcel y el pago de una indemnización de 320.000 euros a un peluquero por grabar a 30 mujeres -entre ellas cuatro menores de edad- en el cuarto de baño del establecimiento ubicado en el entorno de la avenida de Miraflores por medio de una cámara de vídeo que había instalado allí previamente.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia estima parcialmente el recurso interpuesto por las víctimas contra el fallo del juez de lo Penal número 2 de Sevilla que condenó al acusado a cuatro años de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos , al pago de una indemnización de 320.000 euros, y al abono de una multa de 4.320 euros.

Frente a ello, la Audiencia condena al imputado a la misma pena pero por 30 delitos de vulneración a la intimidad, cuatro de ellos a menores de edad, en concurso ideal.

Fue entre el mes de mayo y el 30 de septiembre de 2009 cuando el acusado colocó una microcámara de grabación oculta en un bote de plástico y enfocada hacia la taza del váter del cuarto de baño de la peluquería, con la que grabó a «multitud» de clientas del establecimiento y a algunas de sus empleadas «sin su consentimiento» cuando entraban en el cuarto de baño para realizar sus necesidades fisiológicas o para cambiarse de ropa.

Posteriormente, el acusado transfirió a su ordenador portátil los vídeos así obtenidos, sin que conste acreditado que los haya difundido a terceros , «rubricándolos con términos pedófilos e injuriosos y guardando los vídeos para disfrutar de su contenido sexual», grabando en total imágenes de 26 mujeres y de c uatro menores que entonces tenían entre 10 y 11 años de edad.

Ya a finales del año 2009, una trabajadora de la peluquería descubrió esta videocámara oculta entre una serie de botes existentes en el cuarto de baño, por lo que decidió interponer una denuncia que motivó que agentes de la Policía acudieran al local, interviniendo un bote de color verse que contenía una microcámara con la que el acusado efectuaba las grabaciones.

A consecuencia de estos hechos, algunas de las víctimas sufrieron distintas consecuencias, como trastorno de estrés postraumático o trastorno adaptativo agudo, según recoge la sentencia consultada por Europa Press.

Las víctimas recurrieron la sentencia porque ésta no consideraba los hechos constitutivos de tantos delitos de vulneración de la intimidad como personas perjudicadas, motivo que estima la Audiencia porque « la voluntad del acusado era atentar contra la intimidad de sus empleadas y clientas, es decir, contra la intimidad personal de un número plural e indiscriminado de sujetos pasivos, que en este caso han sido 30 pero que podía haber alcanzado un número mayor».

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