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El SAS deberá pagar a un bebé más de un millón de euros por las secuelas del parto

La aseguradora del Servicio Andaluz de Salud reconoció la negligente asistencia

Imagen del hospital Virgen Macarena de Sevilla VANESSA GÓMEZ

ABC

El Juzgado de primera Instancia nº14 de Sevilla y la Sección Octava de la Audiencia Provincial sevillana han dictado sentencias, tramitadas por los servicios jurídicos de la Asociación «El Defensor del Paciente», mediante las cuales se condena a la aseguradora del Servicio Andaluz de Salud, Zurich Insurance PLC, a indemnizar a un niño sevillano, de tres años de edad , con 1.174.282 Euros y a su madre con 154.110 Euros, más intereses, y costas por las graves secuelas que se le ocasionaron con motivo del parto. La sentencia ya es firme.

Los hechos sucedieron en el Hospital Universitario Virgen Macarena de Sevilla, dependiente del servicio Andaluz de Salud, y se remontan al 25 de noviembre de 2014 , fecha en que la madre del niño, estando ya cumplidas las 41 semanas y cinco días de gestación, acudió a dicho hospital para provocarle el parto. La señora era portadora de una cesárea anterior. Todo ello –parto inducido, cesárea anterior, epidural- requería el máximo control del feto.

Sin embargo, el control del bienestar fetal fue pésimo, al punto que las gráficas de monitorización mostraban a las 3:31 h de la madrugada, del 26 de noviembre, que el feto estaba sufriendo sin que el hospital reaccionara, volviendo a presentarse otra crisis a las 4:35 h de la madrugada donde la frecuencia cardiaca fetal bajó a 80 latidos por minuto. A partir de aquí la matrona llamó al obstetra, quien supuestamente dio la orden, por teléfono, de que le pusieran oxitocina sin ver a la parturienta. Pese a toda una noche mostrando las gráficas de monitores irregularidades que obligaban a terminar el parto, el bebé no nació hasta pasadas las 06:00 h de la mañana, en un parto traumático mediante ventosa , y en unas condiciones lamentables, con una gravísima parálisis cerebral, que hacen del pequeño un niño absolutamente dependiente.

Del mismo modo, la madre, de 38 años de edad, también sufrió importantes secuelas psicológicas, que explican igualmente que sea indemnizada.

La aseguradora del SAS, ante la gravedad de los hechos, reconoció la negligente asistencia en el parto , pero consideró que al bebé solo había que indemnizarlo con la cantidad de 348.384 euros , dado que tenía pocas expectativas de vida, un argumento considerado por la magistrado de primera instancia y por la Audiencia Provincial de Sevilla de «insólito», y que condujo a la aseguradora del SAS a apelar la sentencia, recurso que fue desestimado con imposición de costas, entendiendo igualmente la Audiencia provincial de Sevilla que es inaudito indemnizar en función de lo que uno cree que puede vivir un ser humano, condenando con ello a la víctima a que si supera ese tope, tenga que volver a entablar una nueva demanda.

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