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Convivencia en la vía pública

Diez cosas prohibidas en las calles de Sevilla

Además de grabar porno, las ordenanzas municipales recogen decenas de restricciones sancionables, desde prostituirse a regar las plantas

Hacer de gorrilla está prohibido en Sevilla ABC

MERCEDES BENITEZ

La reciente grabación de unasupuesta producción de cine porno, con dos chicas desnudas en pleno Centro, no era una actividad permitida, según el Ayuntamiento que tiene numerosas ordenanzas que prohíben otras actividades en las vías públicas. ¿Qué es lo que no se puede hacer en la calle?

1. Prostitución

Prostitución en Sevilla ABC

La ordenanza para luchar contra la prostitución y trata con fines de explotación sexual prohíbe la prostitución en espacios públicos en toda su dimensión. No se puede «solicitar, negociar o aceptar directa o indirectamente servicios sexuales retribuidos» . Tampoco se pueden mantener relaciones sexuales retribuidas ni mantener «conductas favorecedoras o que promuevan» la prostitución. El Ayuntamiento lo considera infracción grave y prevé sanciones de 750 a 1.500 euros, que pueden ser muy graves y subir a 3.000 euros cuando se ejerzan a menos de 200 metros de colegios o zonas de público infantil.

2. Hacer las necesidades

Queda prohibido hacer las necesidades fisiológicas o escupir en la vía pública o fuera de los servicios normalmente habilitados para ello. Incumplirlo puede suponer una infracción leve de la ordenanza de convivencia ciudadana, y multado con 120 euros.

Un hombre orina en una calle ABC

3. Regar las plantas

Es otra de las prohibiciones del Ayuntamiento de Sevilla que veta estas prácticas fuera del horario entre las 12 de la noche y las 8 de la mañana. Tampoco se pueden sacudir las alfombras desde los balcones o verter agua sucia sobre la vía pública. Se trata igualmente de infracciones leves multadas con 120 euros como mucho.

4. Maltrato animal

El maltrato animal o hacer sufrir a éstos está prohibido en la ordenanza de tenencia de animales que especifica que no se pueden tener animales salvajes o peligrosos. Hay una larga lista de prohibiciones que van desde el abandono o venta ambulante a las peleas de perros o competiciones de tiro de pichón . Tampoco se pueden tener animales en zonas donde no puedan ser controlados o usarlos para la mendicidad. El responsable será el dueño que tiene la obligación de «recoger los excrementos depositados en la vía pública» ya que, de lo contrario, comete una infracción leve que puede ser castigada con multa de 75 a 500 euros. Las sanciones más graves llegan a 30.000 euros.

Un gorrilla aparcando coches en Sevilla ABC

5. Gorrillas

En este caso, la normativa municipal también deja muy claro que no se puede ofrecer lugar de aparcamiento en el espacio público a los conductores con la intención de obtener un beneficio económico por personas no autorizadas. Algo que se considera una «forma coactiva de mendicidad». Es una infracción leve que puede sancionarse con multa de hasta 120 euros.

6. Grafitis y pintadas

Están prohibidas las pintadas, escrituras, inscripciones o grafismos en los edificios públicos o privados. Lo regula la misma normativa de convivencia ciudadana y es una conducta que se considera infracción leve que puede multarse con una sanción de hasta 750 euros.

Pintadas en una calle del Centro ABC

7. Apostar

Está prohibido en el espacio público el ofrecimiento de juegos que impliquen apuestas con dinero o bienes, salvo que exista una autorización específica. Hacerlo supone una infracción grave sancionable con multa de 750 a 1.500 euros . Puede subir hasta 3.000 euros cuando comporta una pérdida de una cantidad más allá de lo habitual en el juego del «trile».

8. Tirar papeles al suelo

Queda prohibido arrojar a la vía pública toda clase de residuos tanto en estado sólido como líquido. La ordenanza de limpieza también establece que los cigarrillos y colillas deben apagarse antes de tirarlos a la papelera. Se considera una infracción leve que puede sancionarse con multas desde 90 a 750 euros.

Suciedad por las calles de Triana M. J. LÓPEZ

9. Romper papeleras

No se permite manipular papeleras y contenedores, en particular «moverlas, romperlas o arrancarlas» o hacer pintadas o cualquier acto que suponga deteriorarlas. También está prohibido rebuscar en su interior y extraer objetos de ellos . Son infracciones leves que pueden ser castigadas con multas que van desde 90 hasta 750 euros.

Contenedores de basura en la zona de Los Bermejales VANESSA GOMEZ

10. Sacar la basura

El Ayuntamiento tiene un horario establecido entre las 20 y las 23 horas y fuera de ese horario está prohibido según recoge la ordenanza municipal de limpieza. Es una sanción leve que implica una multa similar a la anterior.

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