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La vuelta del Guadalquivir al Estado deja en el caos legal a los usuarios

La industria de la aceituna de mesa denuncia la confusión generada en materia de cánones y tributos

Día 26/12/2011 - 09.33h
La vuelta del Guadalquivir al Estado deja en el caos legal a los usuarios

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La reversión de las competencias del Guadalquivir al Estado tras la decisión del Constitucional y el silencio de las administraciones —que no han aclarado a los usuarios qué normas de las dictadas por la Junta en el tiempo que tuvo las competencias siguen vigentes y cuales no, ni que actuaciones siguen siendo válidas y cuáles han quedado anuladas— tienen sumidos a los usuarios —regantes e industrias de la aceituna de mesa, entre otros— en un auténtico caos legal que cada uno intenta resolver como puede: básicamente en los juzgados y en los despachos de los abogados.

Lo cierto es que la reciente modificación del régimen competencial de la comunidad andaluza sobre el río Guadalquivir, por la que la gestión de su cuenca vuelve a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir tras haber sido asumida temporalmente por la Agencia Andaluza del Agua, ha dejado varias lagunas legales que afectan directamente a las industrias de aceituna de mesa y a los regantes, entre otros usuarios. Así lo denuncia Asemesa, que además de haber elevado consultas a las administraciones pertinentes a fin de que le clarifiquen cómo queda el aspecto competencial y con ello la Ley de Aguas andaluza, ha resuelto también ponerse en manos de un bufete de abogados para que les asesore al respecto.

El problema al que se enfrentan las industrias de la aceituna de mesa, en las que el agua y los vertidos son un asunto fundamental, es que en virtud del escenario actual, las empresas que estén ubicadas en la cuenca del Guadalquivir no deberían ajustarse a la Ley de Aguas de Andalucía, por lo cual tampoco pudieran estar obligadas a abonar los cánones de mejora de infraestructuras de depuración que actualmente contemplan sus recibos de agua de uso urbano.

«A día de hoy nuestras empresas asociadas están a completamente a ciegas. No saben si deben abonar los cánones o no, ni desde cuándo deberían dejar de pagarlos, ni sabemos si se va a pasar el cobro, además de la discriminación que ello podría suponer para el resto de empresas que no estén ubicadas en esta Cuenca. En definitiva, no sabemos cómo actuar», denuncia Antonio de Mora, director-gerente de la Asociación de Exportadores e Industriales de Aceituna de Mesa, quien también apunta que «incluso nos podemos encontrar con ciertas sanciones, liquidaciones, concesiones y otros actos o resoluciones que haya dictado la Agencia Andaluza del Agua en la cuenca del Guadalquivir que estén afectados de nulidad de pleno derecho como ya han declarado varios Juzgados de Sevilla».

Tras la consulta planteada por Asemesa a la Consejería de Medio Ambiente, esta les ha informado que a partir de la sentencia del Constitucional que declaró nulo el artículo 51 del Estatuto, en la Demarcación Hidrográfica del Guadalquivir, solo será de aplicación la Ley del Agua Andaluza, en lo no referente a la gestión del dominio público hidráulico y disciplina sancionadora.

En este sentido, el asesor jurídico de Asemesa, Borja Llanza, dice que «ello corrobora la doctrina que vienen manteniendo varios juzgados de lo contencioso administrativo quienes han declarado nulas ciertas sanciones en materia de aguas, inhabilitando con efecto retroactivo a la Agencia del Agua para ejercer competencias sancionadoras sobre la Cuenca del Guadalquivir». Llanza augura que «vamos a ver cómo se van a seguir declarando nulas las sanciones impuestas por la Agencia Andaluza del Agua».

Igualmente, según este abogado, en relación al régimen financiero, parece que el canon de servicios generales que impone la Ley andaluza, sólo será de aplicación en los distritos hidrográficos intracomunitarios.

Para Borja Llanza, Andalucía ha quedado «ante una dualidad de legislación que conlleva unos agravios comparativos, dado que por ejemplo en materia de concesiones de aguas o aguas subterráneas, existe una gran diferencia entre lo dispuesto en la ley nacional a aplicaren la cuenca del Guadalquivir, a lo que se ha de aplicar en el resto de cuencas andaluzas, bajo la Ley de Aguas de Andalucía».

Por su parte, la Federación de Regantes andaluces, Feragua, estudia poner sus servicios jurídicos a disposición de todos los que se sientan perjudicados y que estén interesados en plantear la revisión de oficio de esos expedientes. En este sentido, explican que la anulación de varias sanciones por diferentes juzgados de lo contencioso-administrativo, que han considerado a la administración andaluza incompetente para poner multas en la cuenca del Guadalquivir, hace pensar que podría plantearse la revisión de oficio no sólo para multa ya pagadas, sino para los expedientes de inscripción en el catálogo de aguas privadas, los expedientes de autorización para el aprovechamiento de aguas pluviales y los propios expedientes concesionales negativos.

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