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El Supremo dicta la sentencia que acaba con la biblioteca del Prado

No caben más recursos al ser desestimados los de la Universidad, el Ayuntamiento y la Junta de Andalucía

El Supremo dicta la sentencia que acaba con la biblioteca del Prado jesús spínola

a. estrella yáñez

El Tribunal Supremo ha dictado la última sentencia relativa a la biblioteca del Prado que la Universidad de Sevilla empezó a construir en 2008 y cuyas obras se pararon en el verano de 2009. El fallo dictado el pasado 9 de diciembre se conoció ayer y se trata de la décimo tercera sentencia, sumando las del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y las del Supremo (TS). En todas ellas se da la razón a los vecinos, quienes desde antes de que empezaran las obras ya se opusieron a la ubicación de la biblioteca en una parte de los Jardines del Prado de San Sebastián .

El contenido del nuevo auto, al que tuvo acceso Europa Press, viene a redundar en el mismo sentido de los fallos anteriores, pero la importancia del mismo radica en que responde y rechaza el último de los recursos presentado por la Universidad, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento a favor de la edificación de la biblioteca universitaria en el Prado. De este modo, la sentencia de diciembre supone el punto final en la batalla judicial que ocho comunidades de vecinos de la calle Diego de Riaño y la Asociación de Residentes de Huerta de la Salud han mantenido con las distintas administraciones.

De hecho, la Universidad de Sevilla, cuyos responsables no quisieron ayer pronunciarse sobre la situación, llevan meses retrasando las medidas que habrán de tomar, alegando que debían salir las sentencias pendientes. Los vecinos obtuvieron por primera vez el respaldo a sus argumentos en contra de ubicar la biblioteca en los Jardines del Prado el día 4 de junio de 2009, pero ello no fue bastante para parar la obra y tuvieron que esperar a que el TSJA estudiase el resto de los recursos, de forma que poco a poco fueron salieron los correspondientes fallos, todos en el mismo sentido. Incluso para detener la obra, que pese a todo seguía, tuvieron que reclamar la ejecución de la sentencia. Los trabajos pararon en verano de 2009, con lo que la franja de los Jardines que da a Diego de Riaño permanece desde entonces, más de dos años, ocupada por el esqueleto a medio hacer del edificio que la prestigiosa arquitecto angloiraní Zaha Hadid diseñó para la Universidad de Sevilla y que ésta encargó a Ferrovial.

El texto de la sentencia

Desde entonces, los residentes han soportado una espera a la que esta última sentencia pondrá fin. En el texto de la misma, el Supremo justifica su decisión señalando que el día 13 de junio ya dictó una sentencia acordando que no había lugar al recurso de casación contra la anulación por el TSJA de la construcción de la biblioteca del Prado, lo que «determina que la presente casación carezca de objeto, pues no tiene sentido volver a examinar los motivos esgrimidos respecto de unas determinaciones contenidas en el plan, declaradas ya nulas por decisión judicial, y que han devenido firmes» por la sentencia de 13 de junio.

La Sala de lo Contencioso del Supremo añade que «desde el momento que dicha nulidad de las normas del plan —se refiere al PGOU— es firme, esta circunstancia comporta la expulsión del ordenamiento jurídico de la norma cuya nulidad ha sido declarada por los tribunales, esto es, la revisión del plan general en lo relativo al cambio de calificación que permite el emplazamiento de la biblioteca en el Prado de San Sebastián». «Carece pues de cualquier interés o utilidad real que nos pronunciemos ahora sobre la legalidad o no de una norma urbanística, pues tal es la naturaleza de los planes de ordenación, que ya ha sido declarada nula por sentencia firme y que, por tanto, ha sido expulsada de nuestro ordenamiento jurídico», según indica el TS.

Agrega que «las sentencias firmes, cuando anulan una disposición general, tienen efectos generales desde el día en que sea publicado su fallo y los preceptos anulados», de manera que, «o bien no tiene interés abundar o insistir en una nulidad ya declarada , o bien resulta nocivo para la seguridad jurídica contradecir o alterar lo ya señalado por sentencia firme». El TS considera que «dadas las circunstancias expuestas, no resulta necesario resolver sobre el fondo del asunto» y declara por tanto la pérdida sobrevenida de objeto de los recursos de casaciones interpuestos por las representaciones procesales del Ayuntamiento y la Universidad de Sevilla.

¿Y los aparcamientos?

Pero una vez resuelto el tema judicial se abren una serie de cuestiones a las que las partes implicadas tendrán que dar respuesta. Sin duda, lo primero será la demolición de lo construido sobre el nivel cero, la restauración de los Jardines del Prado a la situación que tenían antes de comenzar la obra, con la reposición del arbolado y zonas verdes, además de la reurbanización del entorno. Al mismo tiempo, la Universidad tendrá que decir si está interesada en buscar otro emplazamiento para la biblioteca o si de momento renuncia al proyecto.

Y además, habrá que decidir qué se hace con el aparcamiento de más de cien plazas que hay en la planta sótano del edificio en construcción, puesto que los vecinos piden la restitución del parque pero no entran en el tema del parking, lo que deja la pelota en el tejado de la Universidad de Sevilla y del Ayuntamiento. El equipo de Juan Ignacio Zoido no comentó ayer la sentencia, pese a que en ocasiones anteriores el Gobierno local había dicho que estaba pendiente de que salieran todas las sentencias. No obstante, tanto el portavoz, Francisco Pérez; como el delegado de Urbanismo, Maximiliano Vílchez , han dejado claro que el Ayuntamiento impulsará el cumplimiento de la Ley.

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