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Las multas se publican ya en un tablón digital y no en el BOP

El Ayuntamiento se ha dado de alta este mes en el portal Testra para publicar las sanciones

Las multas se publican ya en un tablón digital y no en el BOP www.dgt.es

La DGT le ofrece la posibilidad de recibir las notificaciones de las sanciones a través del correo electrónico, suscribiéndose al sistema de Notificaciones Telemáticas Seguras del Ministerio de Presidencia. Al darse de alta en el servicio se puede indicar el número de teléfono móvil, al que la DGT enviará un SMS para informar de que se le ha enviado la notificación a su correo electrónico. Para ello es necesario el DNI electrónico o el certificado digital.

A. E. YÁÑEZ

El Ayuntamiento ha cambiado el procedimiento para notificar las sanciones al darse de alta este mismo mes de febrero en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (Testra), un sitio web de la Dirección General de Tráfico (DGT) que hará la misma función para las multas de tráfico que antes hacía el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). De este modo, cuando los agentes o los medios con que cuenta la Policía Local —como radares, cámaras o coche «ponemultas»— denuncian a un vehículo por una infracción de tráfico, la comunican in situ al conductor, la dejan en el parabrisas del vehículo o la envían al domicilio del propietario del vehículo si el conductor está ausente o les es imposible comunicarla en el momento de la infracción.

Sin embargo, a partir de ahora con el alta del Ayuntamiento en el portal Testra en Sevilla las cosas han cambiado, puesto que si el propietario se ha registrado en este tablón digital la sanción se publica directamente en este sitio web, donde éste la puede consultar.

Pero aunque el ciudadano no esté de alta en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico, su multa también puede llegar allí, puesto que en caso de que cuando la denuncia se comunica en el domicilio el propietario del vehículo no la recibe bien por negarse a ello, bien por estar ausente o por otras razones, al pasar los plazos establecidos la denuncia también pasa al Testra, cuando antes en estos casos se publicaba en el BOP.

Al igual que en cuando antes la multa de tráfico se publicaba en el BOP, el ciudadano no podía esgrimir que no conocía este Boletín para evitar la sanción, ahora si el propietario del vehículo con el que se ha cometido la infracción no conoce el Testra, tampoco está eximido de la obligación de pagar la multa.

En caso de que el dueño del vehículo multado recoja la denuncia pero no pague la sanción, también pasará a publicarse en el tablón digital en el plazo correspondiente. Y, por último, como cuarta posibilidad, si el afectado se ha mudado de domicilio y no lo ha comunicado, a lo que está obligado por ley, la denuncia igualmente será publicada en el tablón digital.

Si el denunciado no alega en los plazos indicados la sanción podrá ejecutarse por su importe total a los 30 días siguientes tras haber sido publicada en el Testra.

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