Betis
La admisión del recurso de Lopera en el Supremo y la fortaleza del pacto de 2017
Tranquilidad en el Betis con un paso judicial que sólo afecta a la mora del pago de los cuatro millones pendientes a Lopera por la transmisión de acciones

En el Real Betis existe tranquilidad absoluta ante la admisión por parte del Tribunal Supremo del recurso de casación planteado por la sociedad Farusa (Familia Ruiz Ávalo, SA), propiedad de Manuel Ruiz de Lopera, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla en la que se confirmaba la decisión del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla en la que se establecía que Lopera no había adquirido el 31,38 por ciento de las acciones del Betis con su dinero en junio de 1992, en el proceso de conversión de la entidad en sociedad anónima deportiva, tras la demanda de 17 accionistas béticos. Y es que el pacto de julio de 2017 en el que formalizó la transmisición de acciones no está en cuestión en este procedimiento ni en las derivadas que pueda tener este caso, ya que en el escrito firmado por Lopera, el Betis y los demandantes se recogían todos los posibles escenarios. El Alto Tribunal inicialmente optó por la inadmisión pero finalmente ha atendido las alegaciones de la defensa de Lopera, que ejerce el bufete Montero Aramburu.
Lo que ha sucedido es que el Supremo ha atendido al recurso de casación de Farusa para estudiar dos de los cinco motivos planteados, ya sea para confirmar lo dictado por el Mercantil y la Audiencia o bien desestimarlo, en ambos casos con la posibilidad de dictar doctrina jurisprudencial para casos futuros. Tiene Lopera la intención de que quede claro que él sí desembolsó el dinero por el 31,38 por ciento de las acciones del Betis. El Supremo, pues, podrá decidir si el defecto en la constitución del capital social era subsanable y, si fuera el caso, si quedó subsanado mediante los pagos de Farusa.
Este movimiento en lo único que afecta directamente al Betis es que el club ve ampliada la mora del pago de los cuatro millones que restan para cerrar las cantidades recogidas en el pacto y que siguen sujetos a la finalización de todos los pleitos abiertos. Al sostenerse esta vía, el club tardará más tiempo en abonar esta cantidad.
Este paso judicial sí puede afectar a cinco de los 17 demandantes, los más vinculados a la plataforma Béticos por el Villamarín, que fueron los que no suscribieron el pacto de 2017 y que mantuvieron la lucha judicial contra Lopera. Si se produce un revés judicial es posible que tengan que hacerse cargo de las altas costas de la primera instancia.
En el marco del pacto de 2017, sí demandó Lopera en 2019 al Betis por los avales del traspaso de Nelson, ya que considera que el club ha incumplido su obligación de cancelar los avales por la adquisición de los derechos del jugador portugués al Benfica en la temporada 2008-09. Lopera ya fue condenado en diciembre de 2011 al pago de 2,2 millones de euros al club lisboeta por ser avalista de la operación, con lo que entonces se le embargó la pensión, pero en virtud del pacto del 27 de julio de 2017 en el que se produjo la transacción de acciones, el Betis tenía que liberar a Lopera de esta carga antes del 27 de enero de 2019, 18 meses después de esa firma, algo que no ha hecho. El Benfica presentó un requerimiento de pago a Lopera y éste presentó una demanda contra el Betis que fue admitida a trámite y que está en proceso.
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