Betis
Competición castiga a Fekir y Borja Iglesias con un partido de suspensión
El francés y el gallego se perderán el Valencia - Betis de este jueves; dos encuentros de sanción para Doblas, entrenador de porteros; el sevillista Montiel, tres partidos

El Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol ha decidido castigar con un partido de suspensión a Nabil Fekir tras la roja directa que vio el jugador del Real Betis en el minuto 45 del derbi. No ha estimado así las alegaciones de los servicios jurídicos béticos. Además, Competición ha castigado a Borja Iglesias, que también fue expulsado vía VAR, con un partido de suspensión, con lo que ninguno de ellos jugará este jueves el Valencia - Betis.
El colegiado José María Sánchez Martínez tuvo que consultar la jugada en el VAR para finalmente decidir expulsar a Fekir. Según el acta arbitral, el francés fue forzado a salir del césped antes de tiempo por «golpear a un contrario con el brazo en la cara, empleando fuerza excesiva, en la disputa del balón».
Mientras, Gonzalo Montiel, jugador del Sevilla, fue castigado con tres partidos de suspensión por la roja directa tras la entrada que le hizo a Álex Moreno en el minuto 35 del derbi y por la desconsideración que realizó a los colegiados tras esta decisión.
Y Toni Doblas, entrenador de porteros del Betis, ha sido castigado con dos partidos después de sus protestas a Sánchez Martínez por sacar sólo amarilla en la falta que le hizo Papu Gómez a Canales en un contragolpe prometedor en la segunda mitad sin balón en el centro del campo.
En la resolución, y después de las alegaciones enviadas por el departamento jurídico del Real Betis en la mañana de este martes, el Comité de Competición expresa que «no concurre a juicio de este Comité ninguno de estos supuestos en el caso que nos ocupa, puesto que existiendo inequívoco contacto físico entres los jugadores implicados no puede este Comité considerar desvirtuada la presunción de veracidad del acta, siendo en todo caso la apreciación de si concurre o no una acción punible o si la misma puede ser considerada como expulsión o como fuerza excesiva, cuestiones en las que el criterio técnico del colegiado no puede ser sustituido por el muy respetable sostenido por el club alegante o por el que pudiera tener el propio Comité. Por ello procede desestimar las alegaciones formuladas, sin perjuicio de considerar procedente la sanción de un partido, por infracción del artículo 130.1 del Código Disciplinario de la RFEF ».
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