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Piden 37 años de cárcel para el pediatra acusado de abusar sexualmente de seis pacientes en Almería

El doctor, de nacionalidad colombiana, accedió a su puesto en el Servicio Andaluz de Salud por una bolsa de trabajo

El pediatra, cuando estaba detenido en Colombia EP

ABC

El pediatra colombiano que ejerció en centros de salud de la provincia de Almería entre 2008 y 2013 mientras permanecía fugado de la justicia de su país natal se enfrenta a penas que suman 37 años de cárcel acusado de abusar sexualmente de seis de sus pacientes menores de edad.

Carlos Alexander R.L. , de 44 años, protagonizó una segunda fuga tras sospechar de que había sido descubierto en España y fue detenido en Colombia, de donde fue extraditado en julio de 2016 tras cumplir la pena de prisión a la que fue condenado allí por hechos similares.

El Ministerio Público imputa al pediatra la presunta comisión de seis delitos continuados de abusos sexuales e interesa, al margen de cárcel, 42 años de libertad vigilada y el abono de indemnizaciones de entre 15.000 y 10.000 euros por el daño moral causado a las víctimas, una de ellas de tan solo cuatro años.

Según indica el escrito de calificación provisional, consultado por Europa Press, Carlos Alexander R.L. prestó servicio como pediatra contratado por el Servicio Andaluz de Salud (SAS) en centros de los municipios de Huércal-Overa, Pulpí y Vera desde marzo de 2008 hasta septiembre de 2013.

Así, « aprovechándose de su condición » de facultativo, establecía relaciones de «confianza» con las madres de los niños que acudían a su consulta como pacientes y se centraba, sobre todo, en aquellos que eran de nacionalidad colombiana como él .

La fiscal remarca que conseguía de este modo el «consentimiento» de las progenitoras para llevarse a sus hijos a pasar «una tarde, un rato, un día o un fin de semana» a su domicilio, ubicado en la localidad de Roquetas de Mar, «haciéndose cargo de ellos de manera exclusiva».

Una vez en la casa, junto al que decía ser su hijo , también menor de edad, perpetraba supuestamente los abusos. Lo hacía tanto en el interior del domicilio como en la piscina comunitaria «guiado por el ánimo lúbrico».

El escrito detalla « besos en la boca en múltiples ocasiones, tocamientos en los genitales», así como que dormía con ellos en «la misma cama» o que «aprovechaba la excusa de ducharse y secarlos» para la práctica «de sexo oral» .

Entre las víctimas, de entre 4 y 13 años , figura un menor que en el momento de los hechos se encontraba ingresado en un centro de acogida y con quien el procesado se prestó a realizar funciones de «familia colaboradora» y un segundo que sufrió los abusos hasta los 17 años «porque le había hecho creer que eso era lo normal» en su país. « El menor consistió a pesar del rechazo que sentía para poder seguir disfrutando de beneficios que su economía no le permitía», remarca el Ministerio Fiscal.

Carlos Alexander R.L. fue extraditado el 8 de julio de 2016 a España desde su país natal, donde estuvo estado cumpliendo condena por hechos similares. Tres meses antes había sido puesto en libertad condicional tras estar en arresto domiciliario, controlado por un dispositivo electrónico.

Dos fugas de la Jusicia

El juicio contra él en Colombia , por el que fue condenado a 38 meses de prisión, se celebró en ausencia del reo, quien protagonizó dos huidas; una hacia España, donde cometió presuntamente los delitos de los que ahora debe dar cuenta, y la segunda, de vuelta su país natal. Allí fue detenido en marzo de 2014 tras la labor conjunta de la Dirección de Investigación Criminal e Interpol de la Policía colombiana, en colaboración con la Guardia Civil en España.

La Corte Suprema de Justicia de la República de Colombia ordenó su extradición en julio de 2014 al estimar la petición tramitada por el Gobierno de España a raíz de que el Juzgado de Instrucción 2 de Roquetas de Mar abriese causa contra él. No obstante, se dispuso no fuese extraditado para ser puesto a disposición de este juzgado instructor hasta que cumpliese la pena de 38 meses y 25 días de prisión a la que fue condenado en 2012 tras la denuncia del padre de una de sus víctimas. Finalmente, no la cumplió de forma íntegra y se benefició de remisión de pena.

Ya entonces, los magistrados colombianos señalaron que fue la profesión que ejercía «lo que motivó su acceso al ambiente escolar» y «lo que le facilitó la confianza» de la víctima para que pudiera desarrollar su «perversa conducta». No obstante, la Corte no le inhabilitó profesionalmente y estuvo investigó en relación a hechos similares en Barcelona , donde también ejerció como pediatra antes de llegar a Almería. Accedió al SAS por una bolsa de empleo.

Hijos de madres solteras

Para acceder a la extradición y dictar resolución en positivo, la Corte Suprema colombiana tuvo en cuenta la denuncia de las madres de los menores, que principalmente eran madres solteras o divorciadas con problemas económicos y de origen sudamericano.

En esta línea, hacía alusión a la primera denuncia, de julio de 2013, en la que la progenitora de un niño de ocho años daba cuenta de presuntos abusos sexuales mientras el menor estaba a cargo del pediatra en su casa.

Posteriormente, otra madre denunció también que sus dos hijos, de 11 y 7 años, habían sido presuntas víctimas de los abusos sexuales del médico, de forma que trató incluso de forjar una «estrecha relación» con el más pequeño de ellos, de quien trató de ser su padrino y del que tenía una foto en su cuenta de la aplicación Whatsapp. Según el relato de la progenitora, su comportamiento «se volvió obsesivo».

El fallo favorable a la extradición, al que tuvo acceso Europa Press, recogía, asimismo, el testimonio de los pequeños ante psicólogos adscritos a los equipos de mujer-menor (Emume) de la Guardia Civil en la que ellos relatan presuntos comportamientos de Carlos Alexander R.L.

Igualmente, apuntaba al testimonio de una de las madres que vivió temporalmente en la casa del pediatra para trabajar como empleada interina y que relató que el hombre trataba a uno de los menores «como a una novia» , si bien a la casa «iban muchos niños».

Estas declaraciones habrían sido apoyadas además por dos testigos ajenos a los menores y las familias y que señalaron la presencia de menores y comportamientos de carácter sexual entre el acusado y los niños.

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