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medio ambiente

La Diputación de Córdoba cobrará recargos por el consumo excesivo de agua

PLAN CONTRA LA SEQUÍA

Una ordenanza ya en trámite permite a Emproacsa controlar y penalizar el uso en situación de emergencia por sequía

Limitadores a particulares, empresas con telecontadores o prohibir el llenado de piscinas, algunas medidas

La rotura de una tubería agrava la situación de los cortes de agua en Lucena

El Gobierno tampoco da un plazo concreto para el trasvase de La Colada a Sierra Boyera

Un grupo de jóvenes se baña en una piscina en Córdoba Valerio Merino
Francisco Poyato

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Las duras restricciones por la sequía de 1991-1995 empiezan a otearse en el horizonte de la provincia de Córdoba. Desde el pasado otoño todos los agentes públicos relacionados con el tema apuntan en la misma dirección. La disminución generalizada de precipitaciones que cuando llegan son más escasas pero con carácter torrencial y disperso en el calendario dejan un panorama de escasez de agua que va a prolongarse en el tiempo. O al menos así lo indican los modelos predictivos que los órganos de cuenca y otros entes públicos y privados manejan.

Tan es así que la Diputación de Córdoba no quiere perder ni un minuto y ha puesto en marcha una ordenanza que regulará las medidas excepcionales en tiempos de sequía para los 'clientes' de su empresa de aguas (Emproacsa) en alta o en el ciclo integral (abastecimiento y depuración). Se trata de 66 municipios de Córdoba (uno de Málaga, Cuevas de San Marcos), cuatro entidades locales y 380.000 cordobeses. De momento, ha girado una circular a todos ellos avisando del recorte entre un 5% y un 10% del agua que deja en los respectivos depósitos municipales.

Un mes después de la entrada en vigor de la norma, aprobada por todos los grupos y con la abstención del PP, las empresas deberán instalar telecontadores

Una ordenanza que el pasado miércoles pasó su aprobación inicial en el Pleno de la Corporación provincial con los votos favorables de PSOE, IU, Vox y Ciudadanos y la abstención del PP. Un texto que da a Emproacsa instrumentos legales para controlar y penalizar los usos excesivos de agua en tiempos de emergencia por sequía. Justo la coyuntura en que ahora mismo estamos.

La zona geográfica que gestiona esta empresa pública declaró hace tiempo ese estado de emergencia por el que ya empiezan a asomar la cabeza cortes y limitaciones en baldeos o riegos de jardines y que para otoño, en la zona norte de la provincia, verá los primeros cortes de suministro serios. El trasvase pactado desde La Colada a Sierra Boyera (embalse que nutre a estas comarcas) no parece que llegue a tiempo por ahora.

Censo de piscinas y regulación

Así, según el texto aprobado el miércoles y al que ha tenido acceso ABC, otorgará plenos poderes a Emproacsa para cortarle el agua a un vecino hasta 24 horas si determina que excede los cupos de ahorro (o el consumo prefijado) en situación de emergencia por la sequía. Lo mismo con empresas a las que obligará como máximo en un mes después de la entrada en vigor del texto a instalar telecontadores digitales en sus instalaciones para testar esos gastos hídricos. Una revisión a fondo del gasto de agua para las piscinas públicas como privadas.

Todas las que ya existen en viviendas o recintos municipales tendrán hasta cuatro años de margen desde que entre en vigor la norma (antes de que acabe el año) para incorporar instalaciones de tratamiento físico y químico continuado así como depuradoras. Las de nueva construcción o remodelación tendrán que hacerlo en el momento. Una medida que afectará a miles de cordobeses, puesto que los ayuntamientos que trabajan con Emproacsa van a tener que hacer censos de piscinas.

Contadores en un edificio de Córdoba R. Carmona

La sociedad pública de la Diputación, o la subcontrata que señale, inspeccionará los vasos de recreo hasta el punto de que las visitas a particulares o entidades locales las cobrará y llegado el caso podrá prohibir el llenado de las piscinas en media provincia.

Pero la ordenanza, que entró en el orden del día vía urgencia, va a tocar los bolsillos de los contribuyentes si estos se pasan de los cupos de consumo/ahorro que se van a delimitar cuando la escasez de agua sea crítica.

Recargos económicos por exceso

¿Cómo va a funcionar esta medida? La Diputación cuenta desde marzo pasado con un Plan de Gestion de Riesgos por Sequía. Dado el panorama reinante, los técnicos y políticos de la institución provincial quieren anticiparse a situaciones preocupantes como las que atravesamos. En ese plan han estipulado umbrales de reservas, consumo y ahorro por los que va a ir pasando de fases (de prealerta a emergencia) en relación a la carestía de agua y tomando medidas.

Cuando el órgano de cuenca competente (en este caso la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir) o esos umbrales que marca el citado plan activen la fase de emergencia, lo harán también unos consumos excesivos que si se pasan, provocarán una penalización que no es más que recargos económicos sobre el coste del metro cúbico de agua.

Hay cinco grupos de usuarios y cinco maneras de calcular esos consumos por exceso y en proporción los correspondientes recargos. Para el uso doméstico, será el gasto correspondiente al bloque III (más de 30 hasta 54 metros cúbicos al trimestre) y IV (más de 54 metros cúbicos al trimestre).

Si en un momento de sequía, una familia del bloque III se pasa de esos límites, pagará un recargo del 50% del precio del metro cúbico por cada unidad de esta medida que se haya sobrepasado. En el caso de particulares del bloque IV, el recargo será del cien por cien. La Diputación quiere así, como explica en la ordenanza, desincentivar los consumos de más. Aquellos hogares con más de cuatro personas elevarán en 9 metros cúbicos estos topes.

Emproacsa podrá cortarle el agua hasta 24 horas a un particular si excede los cupos de consumo fijados en periodo de sequía

Para los suministros a organismos oficiales o particulares en alta, el consumo que exceda de 30 m3 trimestrales. Los recargos serán iguales que en el caso de los particulares: 50% del valor de un metro cúbico por cada uno de exceso en los umbrales de 30 a 54 m3 y del total del coste del metro cúbico por encima de 54.

Para los usos industriales se calculará el umbral aplicando el objetivo mínimo de reducción que fije el órgano competente sobre una media de consumo que puede ser del mismo periodo del año anterior, de los últimos tres años o simplemente los periodos justamente anteriores si apenas cuenta con antecedentes de gasto. La penalización en estos casos será del 100% del precio sobre cada m3 de más que se consuma.

Para los municipios que tengan contratado el suministro en alta, este consumo excesivo se determinará aplicando el mínimo de reducción del órgano competente sobre el consumo del mismo periodo del ejercicio anterior. La multa sería del cien por cien del metro cúbico de exceso.

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