Suscríbete a
ABC Premium

tribunales

Las acusaciones del cabo cordobés muerto en Cerro Muriano se oponen a que el caso pase al Tribunal Militar

El representante legal de la viuda del cabo de Adamuz asegura que el capitán «asumió riesgos innecesarios»

La acusación del soldado sevillano muerto en Cerro Muriano durante su instrucción se opone a que el caso pase al Tribunal Militar

Visita de la ministra de Defensa Margarita Robles a la BRIX para rendir homenaje a los dos militares muertos efe
Pilar García-Baquero

Esta funcionalidad es sólo para registrados

Los dos representantes legales de la familia del cabo cordobés Miguel Ángel Jiménez fallecido junto al soldado Carlos León el pasado 21 de diciembre durante unas maniobras en un lago de la base militar de Cerro Muriano, sede de la Brigada 'Guzmán el Bueno' X, se oponen a que el caso pase a manos de un Tribunal Militar.

En total hasta el momento son cinco las partes personadas en esta causa, según ha podido saber ABC. De un lado están las dos acusaciones populares que ejercen dos asociaciones militares, una de ellas la Unión Militar de Tropa, que abogan porque sea el Tribunal Militar el que continúe con la investigación de estas dos muertes en Cerro Muriano; y por otro, el abogado de la familia del soldado sevillano, Luis Romero y los dos abogados tanto de la viuda del cabo Miguel Ángel representado por Antonio Granados como de la acusación que van a ejercer sus padres a través del letrado Francisco José Pérez.

Estos dos últimos abogados se oponen a que el caso pase al tribunal castrense en este debate legal sobre si jurídicamente corresponde ser investigada y juzgada esta causa por un Tribunal Militar o por el tribunal civil (jurisdicción ordinaria) en manos del juez Rodríguez Laínz.

Para Granados está claro que se trata de dos delitos de homicidio con dolo eventual y que deben ser juzgados por la jurisdicción ordinaria civil no militar ya que no existe este supuesto en el Código Penal Militar, donde sólo podrían ser juzgados por homicidio imprudente.

Este abogado que representa a la viuda del cabo cordobés, natural de Adamuz, está convencido, en declaraciones a ABC, que «estas dos muertes podrían haberse evitado». Y remite al artículo 57 de las Reales Ordenanzas Militares Artículo relativo al «aprecio de la vida de sus subordinados«. En este texto legal se recoge que »se considerará la vida de sus subordinados como valor inestimable y no los expondrá a mayores peligros que los exigidos por el cumplimiento de la misión. Será su preocupación constante velar por la protección y seguridad del personal a sus órdenes«.

Este letrado considera que el capitán «asumió riesgos innecesarios porque no se encontraba en una batalla sino en una instrucción; no eran tiempos de guerra ni buscaban un Rambo, como en las películas«.

«El capitán asumió un riesgo innecesario; no estaba en tiempos de guerra ni buscaban un Rambo»

Antonio Granados

Abogado de la viuda del cabo fallecido

Para Granados, quien dio la orden es el capitán, por lo que la responsabilidad hacia mandos inferiores no la considera ya que «ninguno de sus subordinados dio una orden contraria a la suya; por lo que habría que considerar la responsabilidad del capitán y de los mandos superiores». Una postura que coincide con la del abogado de la familia del soldado Carlos Rubio, Luis Romero, como ya avanzó ABC.

A esto se une la postura de la Fiscalía de Córdoba quien este mismo jueves informaba de que «la Jurisdicción Militar es la competente para continuar con la investigación de los hechos« por lo que no se opone a la inhibición propuesta por el titular del Juzgado de Instrucción 4 de Córdoba, José Luis Rodríguez Laínz.

El juez instructor de esta causa -también abierta en el Tribunal Militar- emplazó a finales de la semana pasada a las partes hasta ahora personadas en la causa abierta por la muerte este cabo y de un soldado el pasado 21 de diciembre durante esas maniobras militares en un lago en la Base Militar de Cerro Muriano a presentar sus alegaciones a su auto en el que se inhibe a favor de que la investigación judicial pase a manos de un Tribunal Militar como órgano competente. Este extremo llegaba después de que el Juzgado Togado Militar 21 de Sevilla pidiera al juez Laínz que se inhiba.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación