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Coronavirus Córdoba

Toque de queda en Córdoba | ¿Puedo sacar al perro o hacer deporte? ¿Ir a la farmacia? ¿Cuál es la multa?

La medida, en vigor desde el pasado domingo, plantea muchas dudas sobre lo que está permitido y lo que no

Dos mujeres en la terraza de una cafetería de Córdoba Valerio Merino

D.Delgado

El toque de queda al que ha dado paso el Estado de Alarma aprobado el pasado domingo por el Gobierno deja en el aire muchas incógnitas sobre lo que se puede y lo que no se puede hacer. Más si se une a las medidas restrictivas aprobadas por la Junta que entraron también en vigor el pasado fin de semana. ABC trata de aclarar las principales dudas sobre el toque de queda.

¿Qué es el toque de queda?

Es una medida que supone la restricción de la movilidad en un horario determinado. El Gobierno de Pedro Sánchez ha decidido qu esea entre las 23.00 y las 6.00 horas , pero las comunidades autónomas tienen potestar para adelantarlo o atrasarlo. Así, la hora de comienzo puede ser entre las 22.00 y las 0.00, y la de finalización, entre las 5.00 y las 7.00.

En Córdoba y en el resto de Andalucía, por el momento, se mantiene vigente el horario fijado por el Ejecutivo central hasta que este miércoles, el presidente de la Junta, Juanma Moreno, anuncie el horario que se aplicará en toda la comunidad.

¿Puedo sacar a pasear a mi perro durante esas horas? ¿Y salir a pasear?

En el primer estado de alarma Pedro Sánchez lo permitió de forma expresa y en el toque de queda decretado en octubre de 2020 la decisión vuelve a ser interpretable. Una de las excepciones por la que se permite salir durante el toque de queda es por causa de fuerza mayor, y la Junta de Andalucía ya ha anunciado que pasear al perro es una causa de fuerza mayor al tratarse de una razón higiénica y sanitaria. Este punto, por lo tanto, está aún por aclarar.

En cuanto a salir a pasear, está prohibido en el toque de queda. Se puede hacer, pero antes de las 23.00 (ahora mismo, es la hora vigente a la espera de que la Junta aclare si adelanta o atrasa la hora).

¿Puedo ir a la farmacia?

Sí se puede. Es uno de los supuestos por los que uno se puede saltar el toque de queda. Además, también es posible salir para adquirir productos de primera necesidad, asistir a centros, servicios y establecimientos sanitarios, a una clínica veterinaria por una urgencia, para trabajar o cumplir obligaciones institucionales o legales; volver al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado; asistir al cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada; y para repostar gasolina cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores

¿Me pueden multar si incumplo el toque de queda?

Sí. Al estar vigente el estado de alarma existe un respaldo jurídico para poder imponer sanciones. La cuantía podría variar entre los 100 y los 600.000 euros, en función de la gravedad.

De hecho, en Córdoba ya se han interpuesto las primeras sanciones por saltarse en toque de queda: cuatro en Poniente, Miralbaida y Levante, según datos de la Policía Local.

¿Puedo salir de Córdoba? ¿Y durante el puente de Todos los Santos?

Con el nuevo estado de alarma, las comunidades tienen la opción de poder cerrar su territorio, como ya han hecho Navarra, Asturias, o Aragón. Por el momento, Córdoba no está cerrada. El presidente de la Junta, Juanma Moreno, esperará a mañana miércoles, a la reunión con los expertos que componen el Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, para decidir si cierra o no la comunidad autónoma antes del próximo fin de semana, que coincide con el puente de Todos los Santos. Ha avanzado que «los datos» de la pandemia del coronavirus de los que dispone en estos momentos «no son buenos, no son datos que me animen a una situación optimista sobre la posibilidad de abrir a Andalucía de cara al próximo puente».

¿A qué hora cierran los bares?

Con las restricciones de la Junta, los bares deben estar cerrados a las 22.00 horas. Y en la calle se puede estar hasta las 23.00 por el toque de queda.

¿Puedo reunirme con amigos u otros familiares que no vivan conmigo?

Sí, siempre que no sea entre las 23.00 y las 6.00 horas, puesto que durante esa franja no está permitido reunirse con no convivientes y además está prohibida la libre circulación. Las reuniones sociales no podrán exceder las seis personas tanto en ámbito público como privado.

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