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TERTULIA

Crisis de pareja y mascotas | ¿Con quién se queda el perro o el gato en caso de divorcio?

Las abogadas Lourdes Cano y María Pérez disertan sobre la guarda y custodia de los animales de compañía cuando un matrimonio se rompe

Los animales de compañía se han convertido en objeto de conflicto entre las parejas que se rompen ABC

D.D.

Las disputas sobre la custodia de los hijos, quién se queda con la casa o la cuantía de la pensión conforman el contenido de rimeros de expedientes que cada día llegan y se resuelven en los juzgados de Familia . Sin embargo, de un tiempo a esta parte están aumentando de forma significativa los asuntos que tratan de dirimir la tenencia y cuidado de los animales de compañía ; sobre todo, a partir de que, en 2017, el Congreso aprobara empezar a tramitar una proposición de ley de reforma del Código Civil para reconocer a los animales como seres vivos dotados de sensibilidad, en lugar de cosas o bienes muebles, proposición que, de momento, se ha quedado en el aire.

Lourdes Cano , abogada miembro del a Comisión de Protección Animal y Medioambiental del Colegio de Abogados de Córdoba (ICA; y la vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia, María Pérez , han abordado este jueves en la sede del ICA el presente y futuro de la legislación que afectará a la custodia de las mascotas.

Así, Pérez ha apunta, en declaraciones a ABC, que «hoy en día existe poca sensibilidad al respecto, tanto entre los ciudadanos como por parte de los propios operadores jurídicos, y es algo que hay que cambiar. Considero que en los casos de las parejas que se separan que no llegan a un acuerdo sobre quién se queda con el perro o el gato, debe primar el sentido común, independientemente de quién sea el dueño del animal».

En este sentido, esta letrada apunta que «a la hora de emitir una resolución, lo razonable es que si los dos miembros de la pareja se ocupan del animal, afrontan los gastos y cuidados, se conceda una tenencia compartida y que ambos se hagan cargo a partes iguales de este miembro de la familia. En estos casos existe un apego hacia el animal, es un ser vivo, no un mueble».

Por su parte, la abogada Lourdes Cano apunta que, si bien en Córdoba no hay sentencias al respecto, «sí que existen acuerdos que regulan la custodia y el cuidado de los animales de compañía cuando una pareja decide separarse. Yo llegué a tener un caso que estuvo a punto de llegar a los tribunales sobre el destino de tres perros que tenía una pareja que se rompió. Al final, se llegó a un convenio, pero plagado de cláusulas y especificaciones», explica.

Cano señala, además, que cada vez están aumentando más las consultas sobre qué sucede con la mascota en caso de divorcio. «Actualmente, la ley, tal y como está, no contempla que un juez se ocupe de dirimir este tipo de asuntos, pero hay togados que lo han hecho basándose en la ley autonómica de protección animal».

La abogada señala que si llega a aprobarse la proposición de ley de reforma del Código Civil para reconocer a los animales como seres «sintientes» , su efecto se verá en muchos ámbitos, «porque los juzgados tendrán que emitir resoluciones teniendo en cuenta el bienestar del animal y no solo atendiendo a su propiedad».

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