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El empresario que fue condenado por 'hacer un Rubiales' a la líder de Podemos en Andalucía

La Audiencia Provincial de Sevilla condenó en 2019 al empresario Manuel Muñoz por un delito de «abuso sexual» tras simular un beso en la boca a Teresa Rodríguez en un momento de euforia

Condenado por abuso sexual el empresario que simuló besar a Teresa Rodríguez

El empresario Manuel Muñoz y la entonces diputada gaditana Teresa Rodríguez, durante el juicio celebrado en Sevilla EP
Manuel Contreras

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El 'caso Rubiales' tiene un precedente relativamente reciente que supuso una condena por abuso sexual a un empresario de Sevilla. Los hechos se remontan al 20 de diciembre de 2016, cuando la diputada gaditana Teresa Rodríguez, entonces líder de Podemos en Andalucía, visitó una exposición de la Cámara de Comercio en Sevilla. Tras el acto oficial, fue invitada por el presidente de esta entidad a visitar las instalaciones. Durante el recorrido, la dirigente política coincidió en un pasillo con el empresario Manuel Muñoz, quien había participado en un almuerzo navideño. Al cruzarse, el empresario simuló dar un beso en la boca a Teresa Rodríguez, interponiendo la mano para evitar el contacto de los labios. «Me puso su mano en mi boca, me arrinconó, y me puso la otra mano en la nunca y me empujó hacia el rincón. Se besó en su mano», explicó en el juicio la entonces portavoz de Podemos.

El caso guarda cierta similitud con el polémico beso del presidente de la RFEF, Luis Rubiales, a la jugadora Jenny Hermoso en la celebración del triunfo de la selección española en el Mundial femenino celebrado en Australia, que podría costar el cargo a Rubiales. Tanto el empresario como el directivo se encontraban eufóricos en el momento de la acción y ambos pusieron las manos en la nuca de las mujeres para forzar el beso, que en el caso de Rubiales no fue simulado, sino real. En el caso de Rubiales hay que considerar la amistad previa entre ambos implicados -Manuel Muñoz, por el contrario, no conocía de nada a Teresa Rodríguez-, aunque también la posición de superioridad del presidente de la Federación de Fútbol respecto a una jugadora de la selección.

Teresa Rodríguez consideró la acción como una agresión y presentó una denuncia contra el empresario, a pesar de que este declaró que se había tratado de una broma y pidió disculpas. Manuel Muñoz fue acusado de un delito contra la integridad moral y otro de atentado contra la autoridad, pero durante el juicio fue acusado de un delito de abuso sexual. La Fiscalía solicitó una condena de un año y nueve meses por atentado contra integridad y contra la autoridad. Para la fiscal, no había quedado acreditado el ánimo libidinoso de la acción.

Argumentos en el juicio

El abogado de Teresa Rodríguez señaló que se atacó a Teresa Rodríguez «por ser mujer, más que por ser política», rechazando la idea de que fue una broma, porque existe «un claro contenido sexual». Para la acusación, el acusado actuó con «un ánimo libidinoso para atacar la libertad sexual de Teresa Rodríguez sin su consentimiento». «Más importante que el arrepentimiento del acusado es que un acto de violencia sobre la mujer no se puede repetir, ni en la Cámara de Comercio, ni en un mercado de abastos ni a las tres de la madrugada cuando vuelva a casa», explicó el letrado.

La defensa del empresario, por su parte, argumentó que no existía el requisito imprescindible el ánimo libidinoso en la actuación de su cliente. Sostuvo que la acción de Muñoz Medina fue «inoportuna, equivocada, errónea o el adjetivo que quisiéramos usar, pero no es un delincuente», ya que «ni besó, ni tocó ni arrinconó» a la denunciante.

La Audiencia Provincial de Sevilla condenó en septiembre de 2019 a Manuel Muñoz por un delito de «abuso sexual» en concurso ideal con un delito leve de falta de respeto y consideración debida a la autoridad, y a pagar una multa de 13.800 euros y una indemnización de 2.500 euros. Meses más tarde, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmó la condena íntegramente, que ya advertía un «innegable impacto psíquico, desazón e incluso humillación» en la víctima.

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