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CENTRO COMERCIAL NEVADA

Caso Nevada: el Supremo ratifica la sentencia de 165 millones contra la Junta de Andalucía

La vía ordinaria termina sin argumentos para seguir dilatando el litigio por el centro comercial de Granada

El Centro Comercial Granada Shopping, construido ilegalmente en Armilla, junto a Granada. L.R.

Leo Rama

El caso Nevada ha llegado a su fin en la vía judicial ordinaria. La Junta de Andalucía tendrá que pagar por sus propios «errores» más de 165 millones de euros a los que habrá que sumar los intereses devengados por el tiempo transcurrido desde una sentencia que ahora ha vuelto a ratificar el Tribunal Supremo . El Alto Tribunal ha comunicado este lunes su negativa a revisar el largo litigio penal que mantiene la Junta de Andalucía con el centro comercial construido en el municipio granadino de Armilla por los ocho años en que las obras estuvieron paradas. Aquella decisión de frenar la edificación, tomada con «pasividad», fuera de plazo y tras dar cobertura jurídica a una «ilegalidad» desde sus inicios, ha supuesto una condena histórica que ya es firme y ejecutiva, y ante la que únicamente cabría un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional de dudoso recorrido. Pero al que se aferra el Gobierno autonómico, que mantiene su intención de seguir dilatando la causa .

El Supremo ratificó el pasado 3 de octubre la inadmisión del incidente de nulidad de actuaciones presentado por la Junta de Andalucía contra la decisión del Alto Tribunal de rechazar su recurso de casación, que era «irrecurrible» , según recuerda el escrito de solo tres páginas , al que ha tenido acceso ABC. El objetivo de esta argucia judicial, como informó este periódico, era el de dilatar el caso con el argumento de la supuesta vulneración de derechos fundamentales porque no fueron admitidas las pruebas periciales de la Junta, dado que su letrado se ausentó en la vista en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y fue posteriormente ascendido a jefe del Gabinete Jurídico autonómico. Se da la circunstancia de que este letrado autonómico está emparentado con el que fuera responsable de impugnar fuera de plazo las obras: dos ejemplos de personas que han sido recompensadas con un ascenso pese a los «errores» cometidos .

El Tribunal Supremo incide además en que tanto sus fallos como los del Tribunal Constitucional en ningún caso supondrían una vulneración de la tutela judicial efectiva , como sostiene «de forma reiterada y sin fisuras» la jurisprudencia existente. Así, el Supremo se adelanta a las pretensiones del Gobierno autonómico , el cual ya anunció su intención de emprender la vía extraordinaria con un recurso de amparo ante el Constitucional, que no entraría al fondo del caso y únicamente evaluaría la vulneración de derechos fundamentales, algo que todas las sentencias hasta la fecha han negado precisamente por el proceder de la Junta en esta causa.

El Supremo se adelanta a las pretensiones de la Junta y tumba sus argumentos para recurrir al Constitucional, como pretende

El rápido carpetazo final al caso Nevada del a menudo lento Supremo confirma, por si había dudas, la sentencia anterior del órgano competente, el TSJA, que dio firmeza a una sentencia cuya ejecución está a expensas de que el empresario Tomás Olivo la solicite expresamente, algo que hasta el momento no ha ocurrido. Y ello al margen del hipotético recurso de amparo ante el Constitucional, sobre el que los expertos consultados coinciden en señalar su dudoso recorrido jurídico , como también desliza en su providencia la propia Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal, contra la que no cabe ya recurso alguno.

Un largo litigio

Los orígenes del caso Nevada que ahora termina la vía penal ordinaria se remontan a 2006, cuando la Junta de Andalucía paralizó fuera de plazo las obras del Centro Comercial Nevada Shopping de Granada, lo que durante ocho años provocó un lucro cesante por el que debe indemnizar a General de Galerías Comerciales. La empresa promotora fue condenada previamente en el litigio administrativo por el proyecto de edificación del inmueble, que ha resultado ser cuatro veces más grande que el planteado en un principio, sobre zonas verdes en la Vega de Granada y con una planta extra, por lo que la Fiscalía pidió su demolición completa, aunque finalmente abrió sus puertas una década después.

La Junta dio cobertura jurídica a la obra ilegal y luego la impugnó, fuera de plazo, con un procedimiento inútil, lo que provocó el lucro cesante por el que tendrá que indemnizar al centro comercial

La Justicia ha puesto de manifiesto la desidia de la Junta de Andalucía en todo el proceso, además de la connivencia entre el Gobierno autonómico –acusado de dar desde el principio cobertura jurídica a una «ilegalidad» que frenó tarde con un procedimiento inútil – y el propio Ayuntamiento de Armilla, cuya cúpula también resultó condenada en la causa administrativa: el conocido como «clan de Armilla» . Pese a todo, el resto de dirigentes socialistas que pudieron intervenir en este proceso han sido promocionados con ascensos y ningún responsable, ni político ni funcionarial, ha dimitido por los continuos «errores» que han derivado en una indemnización histórica que podría seguir en aumento.

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