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Sentencia Juana Rivas

Las claves de la sentencia contra Juana Rivas: «Explotó el argumento del maltrato»

El juez que la ha condenado a cinco años de cárcel considera que no hubo episodios de violencia de género y critica el menoscabo de la imagen de Francesco Arcuri

Juana Rivas, a la salida del juicio, con Francisca Granados, su asesora. L.R. | Vídeo: ATLAS

Leo Rama

Un año y un día después de que Juana Rivas decidiera huir con sus hijos para incumplir la orden judicial que la obligaba a entregarlos al padre, su actuación ha sido sentenciada por el Juzgado de lo Penal 1 de Granada . La condena : cinco años de cárcel por dos delitos de sustracción de menores , uno por cada hijo, más de seis años de inhabilitación para ejercer la patria potestad y una indemnización de 30.000 euros que Rivas deberá abonar a su expareja, Francesco Arcuri . Aquí las claves del fallo, al que ha tenido acceso ABC:

Huida «consciente y deliberada»

El juez ha condenado a la madre de Granada como autora de un delito de sustracción de menores por trasladar a sus hijos de domicilio sin el consentimiento paterno, así como por su «intencionada» negativa a entregar a los hijos a su padre, de acuerdo con los requerimientos judiciales. «Era sabedora de la obligación que tenía» , asevera el juez, que reprocha a Rivas que incumpliera la orden de restitución por la vía civil «de forma consciente y deliberada» para así «hacerse con la guarda y custodia por vía de hecho».

Aunque la madre siempre ha defendido que actuó para proteger a los niños, el magistrado no puede dar por probado que los menores protagonizaran episodios de violencia y le reprocha a la madre su contradictorio proceder, «pues no ha reparado en el daño futuro que puede causar a estos, el hecho de aparecer en varios medios acusando al padre de ambos de torturador, mientras grupos de personas de forma irreflexiva y visceral, le muestran su apoyo».

Sin malos tratos

La consideración de Juana Rivas como víctima de violencia de género era una de las líneas de defensa de la madre de Granada, lo que daría la vuelta al caso. Si bien la sentencia reconoce que Francesco Arcuri, su pareja, fue condenado en 2009 por un episodio de «malos tratos», el mismo fallo señala que «no se ha acreditado ningún otro posterior» : «No especificó hechos, fechas o lugares concretos de maltrato ni de tortura».

La sentencia omite que Arcuri la golpeó «repetidamente», causándole lesiones que requirieron de la atención de un médico, que denunció de oficio la agresión, pero ningún otro episodio de violencia ha quedado demostrado, según el magistrado, que duda de la credibilidad de Rivas por no haber interpuesto la denuncia de 2016 en Italia, un país con una cultura similar en materia de violencia de género , afirma, si bien la legislación española está más desarrollada que la italiana.

Denuncia clave sin tramitar

El fallo sostiene que los hechos denunciados en el verano de 2016, después de que Rivas viajara de Italia a España para quedarse, no han sido comprobados «en ningún proceso» , pues esa denuncia permanece en activo, aunque a falta de ser investigada y dirimida, como también concede la propia sentencia. El juez atribuye el estrés postraumático que atestigua un informe psicológico de Juana Rivas a «momentos de tensión, desacuerdos, disputa o discusión, pero de ahí al maltrato hay una diferencia». La sentencia considera que «no es creíble», y que interpuso esa denuncia por indicación del Centro de la Mujer de Maracena «para consolidar su decisión de no volver y no entregar a los niños». Por ello, la sentencia acusa a Rivas de «explotar el argumento del maltrato » y de tener «falta de respeto por la imagen pública de Francesco».

30.0000 euros por «vilipendiar» a Arcuri

La sentencia insiste en el menoscabo de la imagen de Francesco Arcuri . De acuerdo con el magistrado, Rivas habría «vilipendiado» a su expareja sin motivo alguno: «Ni siquiera el derecho a la defensa justifica esa desmesurada campaña». «Predicar a los cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a su familia, e incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una condena firme, ni siquiera una investigación en trámite, y arengar a una multitud irreflexiva y visceral, para hacerla cómplice de ese escarnio, tratando de que la apoye de forma más o menos explícita, es una afrenta que muestra una voluntad dañina y lesiva de elementales derechos como el honor o el de presunción de inocencia», asevera el magistrado en sus conclusiones finales para justificar la indemnización de 30.000 euros a Arcuri.

Legislación internacional

Tanto la orden de entrega de los niños como esta condena por sustracción de menores se fundamentan en el Convenio de La Haya , una normativa internacional que España ha suscrito y que está al mismo nivel que el Convenio de Estambul de 2011, en el que se reconoce, como luego hizo en 2015 la Ley contra la Violencia de Género, que los hijos de víctimas de violencia de género lo son por el mero hecho de presenciar estos episodios. Mientras que la acusación de Francesco Arcuri se ha aferrado al Convenio de La Haya para la restitución de los menores, la defensa de Rivas ha intentado en todo momento que la madre sea considera víctima y de maltrato, y que su condición se extienda a los dos hijos, algo que finalmente no ha sucedido.

Informes contradictorios

Que los hijos fueran testigos de los episodios de violencia es un hecho que la sentencia pone en cuestión en repetidas ocasiones. El fallo cita un informe psicológico hecho por una psicóloga no colegiada al mayor de los niños, que no presenta «desajustes sicológicos significativos». En dicha exploración, el menor manifiesta que «ambos progenitores lo quieren y lo cuidan, aunque le guasta más el modelo educativo de la madre, que quiere vivir con la madre , aunque no le importa ver a su padre en verano».

Según este informe, no hay rastro de secuela s de la violencia relatada por Juana Rivas. Por ello, la evaluación disiente sobre el peligro de su restitución, a diferencia del informe de la psicóloga del Centro de la Mujer de Maracena, que al igual que otros aportados por la madre, ha sido desestimado por el juez. Este informe sí advirtió del riesgo de que los niños estuvieran con el padre, situación que se da desde agosto de 2017, cuando Rivas puso fin a su huida y entregó a sus hijos a Arcuri, quien se los llevó a Italia, donde residen juntos desde entonces. La madre ha podido visitarlos en varias ocasiones allí, donde permanecen abiertos los procesos de custodia de los niños y la denuncia por violencia de genero efectuada en 2016.

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