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SOBORNO DE ALJARAQUE

El caso Aljaraque encara su recta final: la juez confirma el procesamiento del líder del PSOE de Huelva

La instructora desestima los recursos de los cinco investigados y marca el camino al juicio por el Tribunal del Jurado

Acto en el que se firmó el acuerdo entre el PSOE y Sí Se Puede Aljaraque ABC

M. Rosa Font

El procedimiento judicial por la presunta compra de dos concejales de Sí se Puede Aljaraque a finales de 2016, por la que se frenó una moción de censura que estos concejales habían firmado con el PP para sacar del gobierno al PSOE , encara su recta final: la causa, en la que figura como investigado el secretario provincial del PSOE de Huelva y presidente de la Diputación Provincial , Ignacio Caraballo , sigue su camino para ser enjuiciado por un jurado popular.

Así lo ordena la instructora, María José Fernández Maqueda , en un auto emitido ayer y adelantado por ABC, al estimar que existen indicios de la comisión de un delito de cohecho y en el que desestima , uno a uno, los argumentos esgrimidos por las defensas de los cinco investigados para tratar de que se diera carpetazo a la causa.

En el presunto soborno , figuran además como investigados (con los mismos cargos), los dos concejales de la formación, Pedro Escalante y Francisco Martí n; J osé Luis Rodríguez , representante de CC.OO ., y J.M.M.R., de la compañía de aguas.

Precisamente de la compañía de aguas, el auto cita en calidad de investigado a otro cargo de la empresa, el director de clientes, J.A.F.M.

Según el acuerdo al que se llegó para abortar la moción de censura, uno de los ediles de la formación morada formaría parte del gobierno -como así fue- y para el segundo, se le ofreció a cambio un puesto de trabajo para su muje r, que entró a trabajar poco después en la empresa de Aguas de Huelva .

Respecto a la implicación del líder el PSOE, señala la instructora que si bien no estuvo en las reuniones en las que se cerró el acuerdo, sólo en la firma del mismo (aunque Caraballo no firmó), su nombre aparece en las notas de voz (que forman parte de las grabaciones que realizó el denunciante). Y concretamente hace referencia a una afirmación de Escalante en la que indica que «lo que me han trasladado es que Caraballo ha dicho que adelante con lo que propusimos anoche». A la que añade otras grabaciones de los implicados: «Me dijo Francis que Ignacio Caraballo ha dado el visto bueno » «Claro él se lo dijo a Ignacio e Ignacio le dijo que claro que palante que hablara con el Gerente y….habló con el Gerente y ya está, de ahí palante»

En este sentido, enmarca más conversaciones mantenidas entre el denunciante y los investigados, «de las que pudiera deducirse que el mismo se encontraba al corriente de las negociaciones que se estaban realizando».

Existen varios elementos que la juez refiere para desestimar el recurso del representante legal de Caraballo y mantener su implicación, como son el contenido de las conversaciones telefónicas, la presencia del delegado sindical de CC.OO. en la reunión del Bar Bernadino (donde se planteó la oferta) en representación del PSOE según el denunciante, afirmación «que no puede considerarse inverosímil, por cuanto si lo que se trataba según declaración de los investigados era reconducir la situación y retomar el acuerdo de legislatura y de apoyo de trabajo en el gobierno, resulta curioso -afirma- que no hubiera en dicha reunión ningún representante del PSOE y que el sindicalista acudiera solo en su condición de amigo del concejal por su relación sindical».

Además, destaca el tráfico de llamadas entre Rodriguez Vega y Caraballo el mismo día de la reunión y 17 de enero, tras después del Pleno de la moción de censura, «por más que dichas llamadas tuvieran escasa duración, determinan a juicio de este Instructor la existencia de indicios de participación en relación a los hechos denunciados y la existencia de contactos entre los investigados ».

En relación con la propuesta que -según el denunciante- se efectuó en la reunión del Bar Bernardino y que «justificó la apertura de la investigación ante la existencia de indicios de infracción penal , aparece indiciariamente avalada no solo por las declaraciones del denunciante, sino por el resultado de las otras diligencias de investigación». En este punto, concreta el contenido de las grabaciones que el mismo empezó a realizar tras la citada reunión, del tráfico de llamadas y la secuencia de hechos que ocurrieron con posterioridad «que no pueden considerarse, como una mera coincidencia temporal o cronológica».

La contratación de la mujer del concejal en la empresa de aguas se hizo « sin anunciar la vacante en el portal de transparencia de la web, sin informar al comité de Empresa» y a través de la empresa de trabajo temporal Adecco que inicia y culmina el proceso de selección el mismo día (27-01-17), destaca el auto. Se parte de 80 candidatos de la base de datos de los que resultan cinco candidatos preseleccionados y al final se propone a mujer del edil, la única a la que se entrevistó por orden de uno de los directivos de la firma que están investigados.

Este auto es recurrible ante la misma instructora y ante la Audiencia Provincial.

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