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Tribunales

El TSJA levanta la suspensión de los planes urbanísticos de Jaén y Baeza

La resolución permite al Ayuntamiento de la capital construir un gran centro comercial y activar el tranvía

El levantamieno de la supesión permitirá activar de nuevo el tranvía ABC

Javier López

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha levantado la suspensión de los planes generales de ordenación urbana de Jaén y Baeza con idéntico argumento legal: la indefensión de ambos ayuntamientos al no haber sido emplazados en su momento para defenderse de las alegaciones que originaron la paralización.

El fallo permite a los consistorios desarrollar la política urbanística prevista en la norma. Respecto a la del consistorio de Jaén, la nulidad posibilita en concreto acometer el proyecto más ambicioso del mandato, la construcción del centro comercial Jaén Plaza , que generará un millar de empleos previa inversión de 85 millones de euros. También permite retomar la puesta en funcionamiento del sistema tranviario y la ejecución del palacio de deportes Jaén Arena.

Tras la suspensión de los planes de ordenación ambos ayuntamientos solicitaron la retroacción de actuaciones y pidieron la nulidad porque no se emplazó a los consistorios. El TSJA les da la razón al considerar que la norma procesal y el derecho de tutela efectiva imponen la necesidad de emplazamiento personal de quienes estén legitimados a comparecer como demandados en procesos que inciden directamente en sus derechos e intereses.

Por esta causa, acepta las alegaciones de los 2 ayuntamientos, ya que el tribunal considera que los solicitantes de nulidad no fueron oportunamente emplazados y, en consecuencia, no se personaron para hacer valer su derecho. La sala añade que, aunque por lo general se desestima la petición cuando la sentencia es susceptible de recurso de casación, en estos casos prospera porque no ha sido notificada previamente la causa a las administraciones locales.

El tribunal sitúa la retroacción de actuaciones en el momento del emplazamiento y permite la contestación de la demanda, que procede efectuar a sendos ayuntamientos, los cuales tienen ahora que realizar los trámites procesales oportunos para alegar en defensa de sus respectivos planes generale s de ordenación urbana.

Tras la resolución, la teniente de alcalde del Ayuntamiento de Jaén Rosa Cárdenas , ha mostrado su satisfacción ante la resolución del auto que acepta “la indefensión” del Ayuntamiento, según expone, “ante las alegaciones presentadas por el PGOU al no haber sido emplazado, toda vez que la norma procesal y el derecho de tutela efectiva imponen la necesidad de emplazamiento personal de quienes estén legitimados a comparecer como demandados en procesos que inciden directamente en sus derechos e intereses cuando fueran conocidos e identificables”.

Rosa Cárdenas ha resaltado que el que el nuevo Plan General de Ordenación Urbana “permanece en vigor y además con la retroacción de las actuaciones al momento de este emplazamiento”. Lo que permite, ha aclarado, proseguir los proyectos suspendidos por el alto tribunal el 18 de enero de 2018. Por tanto, con el PGOU en vigor, “tendrán continuidad los proyectos que en su día podrían haber sido paralizados y que ahora podrán seguir su tramitación”.

Para la alcaldesa de Baeza, Lola Marín , cuyo ayuntamiento ha estado representado por el abogado Salvador Martín Valdivia , “es una noticia importantísima, ya que pone de manifiesto que el Ayuntamiento sufrió una indefensión por no haber sido emplazado como persona especialmente legitimada para aparecer como codemandado en el proceso contra su plan general”. Norma que, según expone, ha seguido vigente, desde que se produjo la sentencia hasta hoy, dado que la sentencia anulada no era en firme .

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