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Bomberos

Reclama al Ayuntamiento de Estepona que le pague 481 euros por la retirada de un panal de abejas

El afectado llamó a los bomberos para este trabajo durante una breve estancia en la ciudad en 2011, le giraron la factura del servicio y siete años después la reclamada al Consistorio malagueño

El panal de abejas estaba en la fachada de la comunidad de vecinos Archivo

J.J. Madueño

Llegó a Estepona para participar en una prueba deportiva en abril de 2011. Habían alquilado una casa en la ciudad para pasar el tiempo que durara su participación, ya que eran naturales de Extremadura. Al entrar en el domicilio detectaron que había un panal de abejas . No quisieron destruirlo y llamaron a los bomberos para que se ocuparan. Estaba en la fachada de unas de las viviendas de la urbanización Hacienda Beach. Los bomberos llegaron y retiraron los animales, pero giraron la factura a la persona que los había llamado, que reclamó y ahora, siete años después de aquello, el Defensor del Pueblo pide al Consistorio que abone los 481 euros que tuvo que pagar el afectado .

El hombre presentó un recurso de reposición y se puso en contacto con dicho servicio, desde donde le indicaron que normalmente este tipo de intervenciones no se paga, pues es un servicio público . Expuso, según la documentación del Defensor del Pueblo, que su intención al avisar al servicio de emergencias era «evitar el riesgo para su familia y demás vecinos». Pero la cantidad le fue retenida de su declaración anual del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Quiso salvar las abejas

Por esta razón, el interesado formuló el 15 de julio de 2011 un recurso ante la Alcaldía de Estepona, tras recibir el requerimiento que le efectuó el negociado de Gestión Tributaria y Recaudación del Ayuntamiento, aclarando que solo quiso salvar a las abejas y evitar riesgos , que «lo hubiera hecho cualquier vecino pues estaba situado en la fachada de la Comunidad de Propietarios Hacienda Beach» y que suponía que debía tener algún tipo de seguro que cubriera el gasto.

Por otro lado, el afectado indicaba, por correo certificado, que había enviado la documentación que le pedían en el Ayuntamiento, demostrando que los ingresos de su unidad familiar de cuatro miembros no rebasaban el límite respecto del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de aplicación para la exención prevista en la Ordenanza Fiscal. El Defensor del Pueblo señala que, sin que se le facilitase respuesta, la Agencia Tributaria le detrajo de su declaración de IRPF el importe por una deuda con el Patronato de Recaudación de la Diputación de Málaga.

No debió pagar

El Defensor de Pueblo constata que en el Organismo de Recaudación Provincial no constaba documento alguno remitido por el interesado formulando recurso de reposición. También que el Ayuntamiento informó que con fecha 23 de junio de 2011 se había liquidado la tasa y que no justificaba los requisitos exigidos en la Ordenanza para la subvención de la cuantía y se archivó el recurso .

Sin embargo, en base a las pruebas presentadas por el demandante, el Defensor del Pueblo estima que no debió pagar aquella factura y reclama al Consistorio el reingreso de la cuantía siete años después de la retirada del panel de abejas.

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