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Educación

USO anima a los profesores de la concertada a reclamar en los tribunales los pagos atrasados

Tras dos nuevas sentencias que ordenan a la Junta de Andalucía devolverles parte de las pagas detraídas

Una manifestación de profesores de la concerfada Abc

Abc

El sindicato USO ha animado a profesores de la enseñanza concertada a que «sigan interponiendo demandas individuales» para reclamar cantidades «detraídas o no abonadas» » por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía, porque «se están ganando» los procedimientos interpuestos al respecto y, «de no hacer nada, podrían perder definitivamente el derecho».

Así lo denunció USO en un comunicado en el que aluden a dos sentencias dictadas por el Juzgado de lo Social número 2 de Algeciras (Cádiz) «en procedimiento de reclamación de cantidad» interpuestas por el sindicato en representación de sus afiliados en los centros concertados «Inmaculada Concepción»de Algeciras y la «Fundación FES Cádiz-Ceuta-Colegio San Pedro» de La Línea de la Concepción (Cádiz).

Se trata de dos sentencias que han «ondenado a la Consejería de Educación a la devolución de la totalidad de las cantidades detraídas o no abonadas por aplicación de la Orden de 25 de julio de 2012 al profesorado de enseñanza concertada, en las cantidades de 621,52 y 243,88 euros, respectivamente, con los intereses legales correspondientes».

Según detalla el sindicato, las sentencias «vienen a reconocer que la devolución de la extra a los docentes de la enseñanza concertada en Andalucía ha tenido un tratamiento diferenciador injustificado y significativo por parte de la administración educativa respecto a lo devuelto a la enseñanza pública en Andalucía, a la que se le devolvieron todas las cantidades que le fueron detraídas».

Así, según USO, «a los docentes de la enseñanza concertada en Andalucía la Consejería de Educación les devolvió menos de lo que quitó», por lo que las sentencias «vienen a reparar tal daño sufrido con la condena a la devolución de todas las cantidades que le fueron detraídas».

El origen de este conflicto laboral comienza cuando la USO constata que la primera devolución del equivalente de la paga extra de 2012 recortada a los docentes de los centros concertados no venía completa.

El 8 de noviembre de 2017, la USO recurrió a la ejecución de la sentencia 2266/2016 como única vía para mantener vivos los plazos con el fin de que no prescribiese el derecho, y en nombre de los trabajadores que le dieron su autorización al sindicato , que explica que, en dicha sentencia, «se condena a la Consejería de Educación a abonar a los trabajadores de la enseñanza concertada la totalidad de la extra de 2012 devuelta a la enseñanza pública y de forma equivalente».

Tras «varios requerimientos legales» , un auto fechado el 13 de septiembre de 2018 señalaba que «la Sala está dejando la puerta abierta para que los trabajadores que resulten afectados, y que consideren que no han obtenido el complemento en la cantidad que les corresponde por su puesto de trabajo, categoría y destino, accionen individualmente sobre la base de la sentencia que se ha de dar por ejecutada».

No obstante, desde USO avisan de que «la Consejería sigue debiendo lo recortado en trienios, cargos directivos y CPTA; y los plazos siguen corriendo para interponer demanda judicial individual », de forma que «el plazo finaliza el 13 de septiembre de 2019».

Sobre las dos referidas sentencias dictadas por el juzgado de Algeciras, desde USO destacan que «ya son firmes y las primeras de la batería de demandas» que el sindicato «está interponiendo ante los tribunales de Andalucía para que los docentes de la enseñanza concertada recuperen sus derechos económicos y perciban la totalidad de los que le fue descontado de sus nóminas en el año 2012 por la Orden de 25 de julio de la Consejería de Educación que minoró sus retribuciones».

Desde USO piensan que «estas sentencias pueden ser el principio del fin si la Consejería cambia de criterio», pero abogan por «continuar» con su «hoja de ruta y animar a los trabajadores para que sigan interponiendo demandas individuales».

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