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CASO ERE EN ANDALUCÍA

La Audiencia corrige a la juez Núñez por bajar en dos millones una fianza al restaurante Río Grande

Anula su reducción a sólo 185.000 euros a la dueña del restaurante en el caso ERE

Carmen Fontela (en el centro), incluida en el ERE de Río Grande ABC

A. R. Vega

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ha revocado un auto dictado por la juez instructora del caso ERE, María Núñez Bolaños, por el que rebajaba en casi dos millones de euros la cuantía de la fianza impuesta a Río Grande Sevilla S.L. y María del Carmen García Sánchez, propietaria del emblemático restaurante situado en la calle Betis de Sevilla , a orillas del Guadalquivir.

La Junta de Andalucía recurrió la decisión de la magistrada de rebajar la fianza pecuniaria a 185.259 euros, como solicitaba el abogado de la investigada. Mercedes Alaya la había cuantificado en 1,99 millones de euros. La anterior instructora del caso hizo responsable a la sociedad y a su administradora única del total de la prima abonada por la Junta de Andalucía para el ERE de su empresa y no solo de las dos intrusas que se colaron en el expediente subvencionado. Una es Carmen Fontela, que «nunca fue empleada de la citada empresa». La otra intrusa es María José de la Rosa Aparicio, amiga de Carmen García y a quien contrató medio año antes de solicitar el expediente de regulación y sólo tres meses antes de que cumpliera la edad de jubilación.

La actual titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla justificó la reducción de la fianza por que «tan sólo ha de responder de aquellas cantidades que percibió la intrusa» Carman Fontela y libra a García Sánchez de la responsabilidad de las cantidades abonadas por la Junta al resto de trabajadores de su empresa. La Sección Séptima, en un auto dictado el 6 de mayo pasado, opina lo contrario.

«Reiteramos que la única beneficiada con las cantidades abonadas por la Junta Andalucía en dicho ERE ha sido su empresa, la cual no ha desembolsado y un solo euro para satisfacer los abonos correspondientes a sus trabajadores en virtud de ese expediente de regulación de empleo, a pesar de tener unos beneficios en el año 2005 superiores al millón de euros», señala el auto al que ha tenido acceso ABC.

Ilegalidad de la ayuda

Para reducir la fianza en casi dos millones, la instructora apela a otro auto de la Audiencia y a una r esolución del Tribunal de Cuentas en la que estimó el posible perjuicio causado a la Administración andaluza en 138.902 euros, que coincide con la cuantía percibida «indebidamente por los intrusos en el ERE de la empresa Río Grande».

Esta tesis, asegura, no es aplicable a este caso. El auto mencionado se refería a la responsabilidad pecuniaria para dos investigadas, empleadas de Caja de Granada, en relación a una ayuda concedida a Comecial Alimentaria Dulh. Pero la fianza impugnada se impuso a la dueña del restaurante y a la entidad por haber percibido casi dos millones de euros por un ERE «que no resiste la mínimas críticas de legalidad», concluye la Sección Séptima.

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