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Sentencia caso ERE Andalucía

Los jueces confirman que el PSOE ideó un sistema para repartir los ERE irregulares

La sentencia del caso ERE confirma que el Gobierno andaluz ideó en 2000 y mantuvo hasta 2010 un sistema para otorgar subvenciones a empresas eliminando los mecanismos de control

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Manuel Chaves, este martes a la salida del Juzgado R. Doblado

J. J. B.

Los magistrados de la Audiencia de Sevilla desgranan en la sentencia de los ERE cómo fue el sistema ideado para repartir subvenciones sin control durante una década. Así funcionaba el famoso «fondo de reptiles» ideado por el gobierno soicialista de la Junta de Andalucía.

1. Las transferencias

Dos modificaciones presupuestaria entre abril y julio de 2000 redujeron las partidas 472.00 y 481.00 , «adecuadas para la concesión de subvenciones», para dotar a otra que no existía en el presupuesto sin ser «legalmente apropiada». Se creaba la partida 440.01: «Transferencias al IFA en materia de Relaciones Laborales». Según el Tribunal, «el pago de las ayudas podría haberse realizado sin necesidad de esas modificaciones pero en ese caso se hubiesen tenido que tramitar los expedientes de concesión de subvenciones con los requisitos legalmente establecidos para su otorgamiento, así como la fiscalización previa por parte de la Intervención».

2. El convenio marco

Firmado por el Consejero de Empleo, José Antonio Viera y el entonces viceconsejero Antonio Fernández , el «convenio marco» encargó en 2001 al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) y después a la Agencia IDEA, pagar el importe de la ayuda para financiar los Expedientes de Regulación de Empleo que le ordenara el director general de Trabajo, con cargo al programa 31L, pese a que carecía de competencia legal para la concesión de subvenciones. Esto supuso que no llegaran los expedientes al interventor de la Consejería de Empleo . «Fue el instrumento jurídico que junto a las transferencias de financiación posibilitó que las subvenciones sociolaborales fueran concedidas por la Consejería de Empleo al margen del presupuesto, imposibilitando su fiscalización previa , lo que favoreció un descontrol absoluto», estima el tribunal.

3. El programa 31L

El programa al que el director general de Trabajo, Francisco Javier Guerrero , denominó «fondo de reptiles» le permitía no tener que confeccionar un expediente de gasto para cada una de las ayudas que iba a conceder, porque tenía garantizado que iba a lograr el pago de todos modos. Las transferencias de financiación sólo estaban dirigidas a cubrir las pérdidas de las entidades públicas dependiente de la Junta. La ley «nunca» permitió que con cargo a las transferencias se concedieran subvenciones . Por ello «año tras año» en los presupuestos tanto del IFA como de IDEA se introdujeron gastos ficticios que nunca se iban a producir.

4. El control financiero

Se omitía así la fiscalización previa de la Consejería de Empleo. La Intervención del IFA e IDEA se limitaba a controlar el pago de las ayudas. Era el «efecto buscado», dicen los jueces. El uso indebido de las transferencias fue reiteradamente denunciado en los informes de Intervención pero no fueron tenidos en cuenta. Supuso además «la ausencia de control de la pertenencia a la empresa de las personas beneficiarias incluidas en las pólizas sufragadas con dinero público», los llamados «intrusos».

5. Pagos cruzados

Los informes de control financiero pusieron de manifiesto que el IFA e IDEA pagaron subvenciones del programa 31L en cuantía superior al crédito de la Consejería de Empleo con un déficit anual que alcanzó en 2005 más de 95 millones de euros. Como las subvenciones concedidas superaban el crédito de la partida, la Consejería de Empleo comenzó a utilizar el sistema que denominó «pagos cruzados». Los pagos enviados a las aseguradora para el pago de una póliza anterior se utilizaban para la apertura o el pago de otra póliza distinta, de una empresa diferente. Se concedían nuevas subvenciones sin que fuera necesaria la existencia de crédito suficiente. «El sistema llegó a una carencia total de control en el pago de las ayudas , ya que los abonos así realizados no tenían reflejo contable, ni en la contabilidad del IFA-IDEA ni en la Consejería de Empleo», reconocen los magistrados.

6. El papel de la Consejería de Hacienda

La «indebida presupuestación» de las transferencias de financiación en los anteproyectos de presupuestos elaborados por la Consejería de Economía y Hacienda, aprobados por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, «fue lo que permitió que se prescindiera total y absolutamente del procedimiento administrativo en la concesión y pago de las subvenciones. y que los fondos se pudieran destinar a fines ajenos al interés público».

7. Enriquecimiento para las empresas

¿Cuál era el fin último? El «beneficiario real» de las ayudas eran las empresas y no los trabajadores. La indemnización pactadas en el ERE, a la que la empresa se compromete, es la constitución de un seguro de rentas a favor del trabajador, correspondiendo a la empresa el pago de la prima del seguro. «Por consiguiente, aunque el pago de la prima fuera realizado por la Consjería de Empleo, la única beneficiaria de la subvención concedida es la empresa y no el trabajador». La sentencia es categórica: este «sistema fraudulento», en definitiva, «permitía el enriquecimiento de empresas , a través del ahorro de gastos, y de terceros, ajenos a cualquier interés social o público debidamente acreditado». Ningún análisis económico ponía de manifiesto si era procedente otorgar estas subvenciones millonarias y si las empresas beneficiarias tenían capacidad económica para hacer frente a las obligaciones asumidas por la Junta. «Las consecuencias económicas para los fondos públicos de la Junta fueron claras e importantes», concluye la sentencia.

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